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miércoles, 27 de marzo de 2019

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Consideran accidente laboral el estrés por un "incómodo ambiente" de trabajo

La resolución judicial aclara que el afectado comenzó a prestar sus servicios de forma temporal a tiempo parcial en la compañía, dedicada a la construcción, el 18 de junio de 2014, aunque un año después firmó un contrato fijo de siete horas al día. Un juzgado de lo social de Bilbao ha considerado accidente de trabajo el "estrés laboral" causado a un empleado por un "incómodo ambiente" en el trabajo, que le llevó a pedir una baja por incapacidad temporal debido a su "estado de ansiedad".
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, explica que este mal ambiente en el trabajo fue consecuencia "de la conflictividad laboral originada por las reclamaciones salariales y de categoría" del empleado no "aceptadas de entrada por la empresa", que además realizó "unos cambios" en su "estructura organizativa" que provocaron en el afectado "un estado de ansiedad".
La resolución judicial aclara que el afectado, representado por el despacho de abogados Lawyou, comenzó a prestar sus servicios de forma temporal a tiempo parcial en la compañía, dedicada a la construcción, el 18 de junio de 2014, aunque un año después firmó un contrato fijo de siete horas al día.
El trabajador desempeñaba sus tareas en el departamento financiero de la empresa como auxiliar administrativo de segunda, hasta que la relación laboral se extinguió el 24 de abril de 2017 de manera improcedente por la compañía que indemnizó convenientemente al afectado.
Previamente, el 2 de febrero de 2017, el operario había solicitado una baja por "ansiedad" de la que fue dado de alta el 20 de marzo de ese mismo año.
La sentencia del juzgado de lo social considera ahora que este período de incapacidad temporal fue consecuencia de un accidente laboral fruto de "un conflicto" con la empresa que tuvo lugar en los últimos meses de su contrato, a raíz de una "reclamación de incremento salarial y de categoría" por parte del empleado, según reconocieron en su momento tanto la compañía como varios compañeros.
Esta situación generó una "pérdida de confianza" en el demandante por parte del administrador, quien le revocó las claves que había utilizado para acceder a las cuentas bancarias de la firma con el fin de "desarrollar sus tareas de control y gestión de los pagos y cobros".
Paralelamente, se incorporó a la compañía un nuevo jefe del departamento financiero -tras el fallecimiento del anterior-, lo que conllevó "cambios organizativos" en este área que, "en última instancia", también tuvieron "repercusión" en la labor del denunciante.
En este contexto de "conflictividad", el administrador de la empresa tuvo una discusión con el perjudicado que fue grabada por éste con su teléfono móvil y que sirvió de prueba para una denuncia por amenazas en un juzgado de Bilbao, saldada con la condena del citado responsable de la empresa.
La sentencia del caso considera ahora que esta situación no responde a una situación de "acoso en el trabajo", sino "más bien a otra figura que viene emergiendo en la actualidad" como son "los riesgos psicosociales".
"Esto es: el denominado estrés laboral, causado por un incómodo ambiente laboral, como consecuencia de la conflictividad laboral originada por las reclamaciones salariales y de categoría" del trabajador "no aceptada de entrada por la empresa y acompañadas de cambios en la estructura organizativa de la empleadora que provocaron en el demandante un estado de ansiedad que dio lugar al proceso de incapacidad temporal", describe la sentencia.
"Ninguna duda cabe", añade el texto, que esta baja obedece a una situación de "conflictividad laboral" lo que "evidencia que fue ese ambiente en la empresa, en los duros términos en que se produjo, el único detonante de la enfermedad que provocó en el empleado el cuadro de ansiedad", por lo que su demanda "debe ser estimada".
De esta manera, el juzgado declara que la incapacidad temporal a la que se acogió el trabajador fue debida a un "accidente de trabajo", y condena a la mutua de la empresa a "hacerse responsable" de tal situación y del resto de sus "consecuencias", así como a la compañía afectada y al INSS a acatar "esta declaración".
 
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El asesinato de un hombre en su trabajo, considerado accidente laboral

Los hechos ocurrieron en 2015 en Níjar (Almería), cuando un hombre asesinó a su mujer y después acudió al semillero donde trabajaba el difunto y le disparó hasta matarlo. La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha considerado como accidente laboral el asesinato de un hombre en su lugar de trabajo. Este fallo confirma la sentencia del juzgado de lo social número 1 de Almería que concluyó que el asesinato del hombre en el semillero en el que trabajaba guarda relación con el trabajo para valorar la pensión de su viuda.
Los hechos ocurrieron en 2015 en Níjar (Almería), cuando un hombre asesinó a su mujer y después acudió al semillero donde trabajaba el difunto y le disparó hasta matarlo. La sentencia de primera instancia concluía que "el hecho causante se debe a la existencia de la culpa criminal de un tercero guardando relación con el trabajo y, por tanto, debe ser considerado como derivado de contingencia profesional porque en el momento del fallecimiento se encontraba en su centro de trabajo realizando labores de regado de plantas siendo la esposa del autor del asesinato trabajadora de la empresa demandada y habiendo sido presionado el finado en varias ocasiones para que la despidiera".

La sala recuerda que el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social establece "que no impedirá la calificación de un accidente como de trabajo la concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero, salvo que no guarde relación alguna con el trabajo".

Indica que la existencia del doble crimen no puede obviarse, pero "no sólo no ha quedado acreditada la existencia de un hecho ajeno al trabajo, sino al contrario, el hecho de que la esposa del autor del crimen fuera empleada del difunto, indica que la acción criminal guarda relación con el trabajo; y el hecho que a su vez consta probado de que el autor del crimen presionara en días previos a la víctima para que despidiera a su esposa y éste no lo hiciera, tiene conexión directa e inmediata con el trabajo".

Fuente:  http://www.expansion.com
 
 
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¿Qué obligaciones establece el nuevo registro de la jornada laboral y cuándo entra en vigor?

¿Cómo tendrán que adaptarse empresas y trabajadores al nuevo mercado laboral? Sagardoy Abogados ha elaborado una guía para Expansión sobre los efectos de la nueva legislación. Aquí, algunas de las consecuencias más relevantes.
 
¿Qué obligaciones establece el nuevo Real Decreto-ley en materia de registro de la jornada laboral? ¿Cuándo entra en vigor la obligación?
 
La nueva norma establece que las empresas han de garantizar el registro diario de la jornada de trabajo de sus trabajadores, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada realizada por cada persona trabajadora.

Frente a lo esperado por los interlocutores sociales, no se establece un sistema rígido de registro, sino que remite a lo que se pacte en convenio colectivo o en acuerdo colectivo de Empresa y, en defecto de esos pactos, a lo que decida el empleador unilateralmente, previa consulta con la representación legal de los trabajadores.

Cualquiera que sea el sistema de registro establecido, a través de las vías anteriores, la norma requiere que la empresa conserve los datos consignados en los registros durante cuatro años, permaneciendo a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La norma tipifica como infracción grave el incumplimiento en materia de registro de jornada, con multas que oscilan entre los 626 y los 6.250 euros, según la calificación de su grado infractor, mínimo medio o máximo.

La obligación será exigible dentro de 2 meses desde la entrada en vigor de la norma, esto es, a partir del 12 de mayo de 2019.

Se establecen nuevas prestaciones familiares del sistema de Seguridad Social. ¿A quiénes beneficia y con qué intensidad?
En su modalidad no contributiva, la cuantía de las prestaciones familiares, y el importe del límite de ingresos para acceder a dichas prestaciones son los siguientes:
Una cuantía de 341 euros en cómputo anual por la asignación económica por cada hijo menor de dieciocho años y mayor de dicha edad que se encuentre afectado por una discapacidad de grado igual o superior al 65%, a cargo del beneficiario, cualquiera sea la naturaleza legal de la filiación, o por los menores a cargo aquel en régimen de acogimiento familiar o guarda con fines de adopción.

Los límites de ingresos para tener derecho a la asignación económica por hijo o menor a cargo quedan fijados en 12.313 euros anuales. En el caso de las familias numerosas, el límite de ingresos se eleva a la cuantía de 18.532 euros, incrementándose además el referido límite en 3.002 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.

Como excepción a lo expuesto, la cuantía de la asignación económica será en cómputo anual de 588 euros en los casos en los que los ingresos del hogar sean inferiores a los límites anteriores, a cuyo efecto se aplicará una escala regida por los criterios de la edad de las personas integrantes del hogar -mayores o menores de 14 años-, así como el intervalo de los ingresos -entre 4.679,99 o menos euros y 10.439,99 o menos euros- a los efectos de determinar el importe concreto de la asignación, la cual, en todo caso, será de 588 euros multiplicados por el número de hijos a cargo menores de 18 años.

¿Cuándo se considera nula la extinción por causas objetivas de víctimas de violencia de género o en los supuestos de despido disciplinario?
Ahora se considera nulo el despido de las víctimas de violencia de género cuando se produzca por el ejercicio de acciones judiciales y por el ejercicio de los derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores para hacer efectiva su protección o el derecho a la asistencia social.
 
 
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martes, 26 de marzo de 2019

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Prosegur, más de 40 años liderando la seguridad

Uno de los mayores empleadores con más .de 175.000 personas en plantilla Con el tiempo, ha ampliado sus operaciones a 25 países de los cinco continentes
Prosegur es una compañía con más de 40 años de historia. A lo largo de este tiempo, ha logrado situarse como la empresa líder en el sector de la seguridad privada. Una posición, cimentada desde España, que le ha permitido ampliar sus operaciones a 25 países de los cinco continentes.
Este alto grado de expansión, convierte a Prosegur en una las empresas españolas más internacionalizadas. La compañía es, además, uno de los mayores empleadores con más de 175.000 personas en su plantilla. Prosegur cuenta con una estrategia a largo plazo, reflejo de su ambición por seguir liderando su sector. Para ello ha lanzado diversas iniciativas orientadas a mejorar sus procesos, ofrecer los servicios más innovadores y mantener su ritmo de crecimiento. De esta manera, está ya implementando las plataformas y herramientas necesarias para simplificar su gestión y, en última instancia, mejorar la experiencia del cliente. Además, a través de una escucha activa de sus necesidades, Prosegur está avanzando en la generación de propuestas de valor que den respuesta a los nuevos retos y desafíos de seguridad que enfrentan.
Algunas de las últimas iniciativas puestas en marcha son el desarrollo de la aplicación Prosegur on Demand, con la que el cliente puede solicitar servicios de seguridad por horas desde su dispositivo móvil. Además, la compañía se compromete a implantar el servicio en las tres horas siguientes a la contratación. Esto supone una reducción del tiempo de ejecución del servicio enorme con respecto a las opciones de contratación tradicionales. Igualmente, en el campo de la ciberseguridad, Prosegur anunció el pasado mes de diciembre la adquisición de Cipher, la empresa líder del mercado brasileño. Por otra parte, la compañía está potenciando sus servicios de Smart Cash, que permiten la automatización de la gestión del efectivo directamente en el punto de venta, generando así un enorme valor añadido en el día a día de las operativas del comercio minorista.
 
Desarrolla planes talento con el objetivo de atraer, desarrollar y retener a los mejores Otra línea que está experimentando un fuerte impulso es la de externalización de servicios de alto valor añadido (AVOS, por sus siglas en inglés). Una oferta de servicios que incorpora procesos digitales end-to-end, aplicando las tecnologías más avanzadas disponibles en el mercado. En cuanto a la seguridad residencial, Prosegur Alarmas está avanzando en la solución integral de seguridad en el hogar. El objetivo es posicionar a la compañía en el centro del ecosistema de seguridad de hogares y negocios. Para estos objetivos, Prosegur pone el foco en las personas. Por ello está desarrollando planes talento con el objetivo de atraer, desarrollar y retener a los profesionales mejor cualificados y potenciar crecimiento dentro de la compañía.
 
 
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Perros antiokupas, la nueva técnica legal para desalojar viviendas: "Se van en cuanto nos ven"

Una empresa madrileña utiliza perros para echar a los okupas de las viviendas.

Jaime Sanz llega en una furgoneta con sus fieles empleados a una urbanización madrileña en Valdemoro. Su equipo está alborotado, tienen ganas de salir del vehículo. Sus peludos compañeros serán clave para el desalojo que van a iniciar. Alrededor de siete perros hacen acto de aparición. Es la nueva fórmula legal que este empresario madrileño lleva aplicando desde hace tres años y, según cuenta, sus amados "canes" no fallan.

El fundador de la empresa de desalojo en Madrid defiende su método, ya que, según explica, "no ha habido ningún incidente ni los animales han mordido a nadie". Ciertamente, sólo comprobar que con tocar el arnés el perro "se activa", impone. La raza de pastor belga malinois están adiestrada para este nuevo uso. "Pertenecen a las unidades caninas de seguridad en el Santiago Bernabéu, saben lo que hacen y sus entrenadores también", asegura el director de Desokupa Legal.

Su método consiste en blindar las puertas de acceso a la vivienda okupada. Varios de estos empleados de seguridad privada cercan la zona y se sitúan con sus leales animales controlando la entrada de vecinos. En el momento en que los okupas salen, difícilmente podrán volver al inmueble. Ni que decir tiene que los malinois imponen. Sanz aclara que "los perros sólo son utilizados como elemento disuasorio o de defensa ante un okupa violento, pero no son lanzados al ataque en ningún momento".
 
Sea como fuere, tan sólo en el pasado año llevaron a cabo 300 desokupaciones. El director de seguridad madrileño recuerda su historial de trabajo: "En tres años que llevamos en activo, a excepción de un caso en el que nos sacaron un machete, el resto, un 97% han sido desalojos sin conflictos". Aunque, eso sí, con alguno que otro ladrido. "Se van en cuantos nos ven". El mal funcionamiento en los juzgados de la ley de desalojo exprés aprobada por el anterior Gobierno del PP está auspiciando el auge empresarial de este tipo de negocios de desokupación. El primero en abrir la veda y estudiar los entresijos legales para poder echar a los okupas fue el barcelonés Dani Esteve, quien creo la empresa Desokupa.

Pero, tras él, han sido muchos los que han copiado su modelo basado en los controles de acceso y la mediación sin violencia. Esteve contaba a Libre Mercado cómo en muchas ocasiones aportar una cuantía económica ayuda a que el okupa se vaya. Sin embargo, esto es algo que Sanz no considera. "Nunca negociamos con dinero la salida de los okupantes. Trabajamos con los ayuntamientos locales para realojarlos en otras viviendas". De hecho, estos vigilantes de seguridad hacen casi el papel de trabajadores sociales. "Buscamos inmuebles de alquiler social o domicilios vacíos que puedan ofrecernos el gobierno local y sean de titularidad pública". Pero, ojo, porque no todos son aptos para una mudanza feliz. "Sólo realojamos a las familias más desfavorecidas. A los que pueden pagar no les facilitamos esta labor, ni mucho menos", matiza el dueño de la agencia.
 
Además, a pesar de las críticas que han recibido este tipo de organizaciones empresariales, sus protagonistas están orgullosos de "hacer justicia" y así lo argumentan: "Lo que hacemos es defender el derecho de la propiedad privada, los juzgados están saturados de litigios. Nuestro procedimiento es necesario". Las graves consecuencias que la lentitud burocrática en el trámite de expedientes para que los jueces ejecuten órdenes de desalojo arrastran consigo zonas donde la okupación es más habitual. Los puntos calientes donde suelen desplazarse los desokupadores con sus perros son las islas Canarias, Málaga, Valencia y la periferia de Madrid. "Viajamos mucho, pero hay lugares donde la okupación, ya sea por los juzgados o porque existe más marginalidad, hace que la demanda de nuestros servicios sea muy alta".

 
 
 
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lunes, 25 de marzo de 2019

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SEVILLA: El testigo clave del asesinato del vigilante reconoce a Dani el Uruguayo

Identifica hasta por dos veces al presunto asesino de Jerónimo Luna, al que disparó cuando salía de un banco en el Viso del Alcor en el año 2008. La rueda de reconocimiento se ha celebrado entre fuertes medidas de seguridad
El testigo clave del asesinato de un vigilante de seguridad en El Viso del Alcor ha reconocido "sin ningún género de dudas" al presunto autor del crimen, Sergio Fernando Lima Moreira, alias Dani el Uruguayo. El juzgado de Instrucción número 2 de Carmona ha celebrado este lunes una rueda de reconocimiento, prueba en la que el testigo ha confirmado que se trata de la persona que vio.
 
La rueda de reconocimiento se ha celebrado entre unas fuertes medidas de seguridad, ya que Dani el Uruguayo está considerado como uno de los delincuentes más peligrosos de la historia reciente de la provincia de Sevilla. Además de matar al vigilante, tenía ya otras dos muertes violentas en su historial. Ambos asesinatos fueron cometidos en su país natal, Uruguay, uno de ellos cuando era menor de edad. De hecho, en la misma sala en la que se ha celebrado la prueba había cinco guardias civiles armados. 
 
El testigo lo ha identificado pese a ir con un look muy distinto al que llevaba en el día de los hechos, ocurridos el 15 de julio del año 2008 a las puertas de una sucursal bancaria ubicada en el mercado de abastos de El Viso del Alcor. El testigo ha identificado hasta en dos ocasiones al presunto autor del crimen, del que ha dicho que veía "algo mayor", dado el tiempo transcurrido desde el tiroteo. Dani el Uruguayo mató presuntamente de un disparo al vigilante de seguridad Jerónimo Luna e hirió de gravedad a su compañero Diego Castillo, que salían del banco con los 100.000 euros que el presunto atracador se llevó. El delincuente pasó varios años fugado de la Justicia hasta que fue detenido por otro atraco a un camionero en el polígono Parsi, motivo por el cual se encuentra cumpliendo condena en la cárcel de Morón de la Frontera.
 
El atracador ha prestado también declaración ante la juez de Carmona que instruye el caso, a la que ha negado los hechos que se le imputan. Ha asegurado que la mañana del crimen estaba trabajando en el bar de la familia de su mujer, en Montequinto, y que se acuerda justamente porque vio la noticia del atraco en la televisión. La juez le ha insistido en su buena memoria y le ha preguntado cómo recuerda eso con tanta nitidez pese a que han pasado más de diez años, a lo que el Uruguayo ha respondido que lo sabe bien porque en 2008 nació su hija. Sin embargo, ha tenido que admitir que la niña nació en enero, mientras que el atraco se produjo en julio. La magistrada le ha invitado a que le recordara alguna otra noticia de ese año y no ha sido capaz de decir ninguna.
También ha negado que hubiera manejado nunca un arma de fuego. Cuando la fiscal le ha indicado el motivo por el que se encuentra en prisión (el atraco a un camionero al que disparó cuatro veces, que él admitió), ha respondido que "esa fue la única vez". En las dos pruebas practicadas este lunes en los juzgados de Carmona han estado presentes las acusaciones particulares, que ejerce la viuda de la víctima, y también la representación jurídica de Prosegur, empresa para la que trabajaba el vigilante asesinado y para la que lo sigue haciendo el herido.

 
 
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Por fin el vigilante de seguridad despierta, jajajajajaja

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Por fin el vigilante hace la calle como suya, ésta notaba su ausencia, su espacio estaba siempre vacío, sin sonido, algo habitual se hablamos del Sector de Seguridad Privada, y en particular, de los vigilantes de seguridad. En éstos últimos días el vigilante se está haciendo viral y protesta por todo lo que hasta ahora ha estado aguantado en silencio.
 
El vigilante se ha dado cuenta que sin luchar nada cambia, eso sí, la vida continúa y los problemas siguen su curso, ya que por si solos no se solucionan. Ayer fue el convenio y todo lo que conlleva, hoy son las cárceles, mañana las agresiones y los impagos que viene padeciendo, todo es un continuo malestar.
 
Los vigilantes, en su mayoría, han dicho basta, y están haciendo la calle suya como forma de protestar y de poner sus reivindicaciones encima de la mesa. Se ha dado cuenta de que nada es gratis, si no hay lucha desde el principio. Es el momento de abolir la esclavitud conformista en la que se habían envuelto y a la que estaban acostumbrados. Se ha sacudido esos malos hábitos de decir "sí a todo", “su bwana”, para cambiarlo cuando es necesario por el "NO". El inconformismo es su estandarte, su bandera.
 
Por fin han abierto los ojos y no quiere cerrarlos ya jamás, ante tantas injusticias que ha tenido que soportar, padecer hasta la fecha. El vigilante de seguridad es humano y como tal, tiene sus virtudes que están aflorando y éstas les dicen que con unión y lucha conseguirá todo lo que se proponga. Vigilante de seguridad cuando mires atrás di basta para poder avanzar hacia ese futuro mejor que te está esperando. Vigilante, tú eres luz y la victoria, el ansia es un factor a tener en cuenta para no perecer en el intento de esta contienda. Vino, vi, vinci, este será tu lema y tu oración.

 
 
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viernes, 22 de marzo de 2019

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LA RIOJA: La empresa pirata GRUPO CONTROL continua robando a sus trabajadores

 
Continúan demostrando el "respeto" que tienen por sus trabajadores, reducen nuestras nominas demostrando que son unos piratas de la seguridad. ¡¡Revisa siempre tu nomina!! muchos compañeros han reclamado dichas cantidades que la propia empresa ha reconocido mediante acuerdo judicial.
 
 
 
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La tremenda hipocresía de los sindicatos que dicen defenderte y cuando les interesa te dejan tirados o te venden

Estamos hartos de comprobar como ciertos sindicatos utilizan a su antojo el sector de la seguridad privada para engordar sus afiliaciones y sus cuadros de delegados, pero cuando llega la hora de la verdad, nos dan la espalda en favor de otros sectores que ellos consideran más suculentos, como puede sector el sector público. Una tremenda hipocresía de aquellos que dicen defenderte y cuando les interesa te dejan tirados o te venden.

Todos habemos asistido al circo que se han montado estos meses con el tema de la seguridad privada en los centros penitenciarios, donde un día estos sindicatos te defendían y al día siguiente te vendían... VER AQUÍ o sea una de cal y otra de arena. Al final los mismos han intentado colgarse la medalla de haber conseguido nosequé, cuando ha quedado claro que la verdadera presión la ha ejercido el clamor de todo un sector que ha revindicado el buen trabajo realizado por la seguridad privada en las cárceles durante todos estos años y que ha peleado por sus puestos de trabajo. Todos hemos podido ver como ha habido sindicatos que desde un principio han intentado boicotear la entrada de la seguridad privada en los centros penitenciarios, poniendo incluso en duda la profesionalidad del personal de seguridad privada VER AQUÍ

Ahora, en otra de sus ocurrencias, VER AQUÍ empiezan a criticar que los ayuntamientos contraten seguridad privada en grandes eventos, considerando que el uso de seguridad privada en los grandes eventos es una estrategia para "privatizar un servicio público esencial y calificando de "gran irresponsabilidad" el uso general de seguridad privada por parte de los ayuntamientos en la celebración de actos multitudinarios. O sea, que se decantan claramente por la seguridad pública y tiran por tierra a los miles de jornaleros de la seguridad privada que lo único que quieren es trabajar, complementando la labor de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado.

Ha llegado la hora de darnos cuenta de que estos sindicatos lo único que quieren es aprovecharse vilmente de nuestro sector, pero que a la hora de la verdad, no tienen ningún complejo en echarnos encima toda la tierra del mundo, no vaya a ser que en el principal granero de su sustento (los funcionarios) se vayan a mosquear.

HAY SINDICATOS QUE SÓLO QUIEREN SACAR UNA BUENA TAJADA DE LA SEGURIDAD PRIVADA
¿NO TE DAS CUENTA? 
 
Sindicato Profesional Vigilantes

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lunes, 18 de marzo de 2019

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Vuelve "El Dioni"

 
'El Dioni' ficha por Netflix para protagonizar un nuevo robo en el tráiler de 'Triple Frontera'. El canal de streaming vuelve a triunfar con un cómico sketch para promocionar su última película

Netflix estrenó el pasado 13 de marzo Triple Frontera, su último pelotazo cinematográfico protagonizado por Ben Affleck, Pedro Pascal, Charlie Hunnam u Oscar Isaac. Los actores dan vida a un grupo de antiguos agentes de las Fuerzas Especiales que se reúnen para dar un gran golpe en una zona poco habitada entre Argentina, Brasil y Paraguay. La cadena de pago ha estado rápida y ha incorporado a la cuadrilla a un viejo conocido en España: Dionisio Rodríguez, 'El Dioni', que ha fichado por Netflix para dar un nuevo golpe en un cómico tráiler que enseguida se ha hecho viral en las redes sociales.
Con su famoso peluquín, su antiguo atuendo de ex vigilante de seguridad y un furgón, El Dioni aparece en varias escenas de la película respondiendo a los intérpretes de la misma. A través de insertos, el hombre habla con el resto de personajes en un inglés más que aceptable. Todo ello, para realizar un robo mayor al que le dio el salto a la fama. En esta ocasión, intentará alzarse con 75 millones de dólares. El Dioni es el último personaje de la farándula al que recurre Netflix después de fichar para sus originales promos a rostros conocidos por el público español como Leticia Sabater, Jordi Cruz (de Art Attack) o Esperanza Gracia. "Robar un furgón blindado con 298 millones de pesetas fue algo fácil, pero ha llegado el momento de dar un gran golpe", dice El Dioni en otro vídeo difundido por Netflix a través de sus redes sociales.
 
 
 
Sindicato Profesional Vigilantes

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La Guardia Civil prueba que UGT es un sindicato corrupto: se financió irregularmente con subvenciones públicas

Según informa este sábado OKDiario, la Guardia Civil ha conseguido probar que la UGT es un sindicato plagado de corrupción.
Las investigaciones realizadas por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil demuestran que la UGT no solamente desviaban fonddos desde esta región hacia la central nacional del sindicato del PSOE, sino que también se apropio de subvenciones concedidas.
Según el informe de la Guardia Civil, el inflado de la UGT llegaba hasta el 40% en los gastos normales, entre los que se incluyen material, profesores, tutorías… y según ha confirmado la UCO, también los locales usados por el sindicato, multiplicando hasta por diez los costes reales.OKDiario muestra un informe en el que la Guardia Civil confirma que "habiéndose observado que IFES justifica 40.139,58 euros en concepto de alquiler en acciones formativas realizadas en el local que nos ocupa, y teniendo en cuenta el gasto real que supone dicho alquiler para LOCALMUR, se observa un diferencia de 35.828,94 euros".
La Guardia Civil ya descubrió otras empresas además de LOCALMUR, de la que UGT tiene el 20% de la propiedad. Las otras empresas son Formación 2020 (propiedad 100% de UGT), Afortex (cuyo administrador único es UGT), Foro de Formación y de Publicidad de Extremadura (100% de Foro de Formación y Ediciones S.L.),Foro de Formación y Ediciones S.L. (100% dependiente de UGT).

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La empresa Mersant Vigilancia SL no está vinculada a Kappa Vigilancia

La administradora única, Dña. Raquel Serrano, jamás ha tenido vinculación con la empresa Kappa Vigilancia y Protección, S.L.
La Empresa Mersant Vigilancia SL ha exigido la rectificación de la noticia publicada por este periódico y este mismo redactor con fecha 28 de febrero de 2018, en la que se daban a conocer las manifestaciones del comité de empresa realizadas en una comparecencia pública ante el Ayuntamiento y días antes en la sede de AndalucíaxSí de San Fernando. Atentiendo al deber de rectificación reproducimos los párrafos de la comunicación remitida a este periódico que tienen que ver con la noticia en cuestión.
En dicha noticia se llega a sostener que "la Empresa Mersant Vigilancia SL es una empresa vinculada directamente con Kappa y Kappa está en concurso de acreedores, siendo el apoderado de Kappa y administradora de Mersant Vigilancia SL la misma persona". Mersant Vigilancia SL aclara que no sólo no existe vinculación alguna, sino que la afirmación denota una falta de praxis profesional absoluta, llegando a despreciar a la verdad hasta el punto de contradecir, expresamente, lo inscrito en todos los registros públicos, precisamente para su general conocimiento. La administradora única, Dña. Raquel Serrano, jamás ha tenido vinculación con la empresa Kappa Vigilancia y Protección, S.L., y así consta, como es obvio, en toda la documentación de público acceso, fuentes que no debieran obviar los profesionales de la comunicación.
Por otro lado, se llegan a sostener aseveraciones tales como "el principal problema con esta empresa es el pago atrasado del salario, pero existen numerosos problemas como volver a la cotización del cien por cien, conceptos de la nómina por deba.jo del legal por el convenio que impone, no entrega la dotación necesario para el cumplimiento de nuestras funciones, no entrega la uniformidad necesaria, no imparte cursos de reciclaje necesarios o si los imparte no los paga, no entrega dotación EPIS necesaria para realizar funciones básicas…" entre otras irregularidades".
La Empresa Mersant Vigilancia SL no sólo desmiente lo expuesto, sino que afirma que no existe ni una sola denuncia en sentido contrario, mucho menos una sentencia o infracción que venga a dar validez a estas afirmaciones, que realiza el propio redactor, pues ni menciona al entrevistado, ni lo identifica, además de no entrecomillar tales afirmaciones. En función de las manifestaciones de la empresa remitidas a este periódico, las declaraciones del comité de empresa que recogió este redactor “carecen de todo fundamento, no sólo por la inexistente acreditación de los mismos, sino porque jamás se ha puesto en contacto con mis representados ningún redactor para hacer un mínimo trabajo de equidad, contrastación y veracidad”. 
Además, no sólo vinculaba ambas mercantiles, sino que directamente se nombra a Doña Raquel Serrano como titular jurídico y formal de las acciones o participaciones societarias Don Serrano De Mergelina Raquel como la misma persona que administraba Kappa, siendo el apoderado de Kappa y administradora de Mersant Vigilancia SL la misma persona. “Una afirmación gravísima, puesto que mi defendida, Doña Raquel Serrano jamás ha tenido vínculo alguno con tal empresa, mucho menos societario, laboral o mercantil".
 
 
 
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domingo, 17 de marzo de 2019

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La seguridad se blinda con una respuesta integral en la era de las amenazas globales

Los directivos de Prosegur explican las claves de un modelo que une tecnología y personas y avanza hacia técnicas predictivas
En un mundo cada vez más globalizado y digitalizado, los peligros y los riesgos se interconectan y se multiplican. La tecnología se convierte en solución y parte del problema. Por un lado, permite perfeccionar las herramientas de seguridad, pero, por otro, también abre la puerta a nuevas amenazas cada vez más sofisticadas. Tal y como ocurre en otros sectores, la industria de la seguridad se enfrenta a una nueva era repleta de desconocidos retos que exigen respuestas distintas a las que siempre habían funcionado hasta ahora. En Prosegur, la compañía española líder en seguridad, el desafío se afronta avanzando en la implantación de un modelo de protección integral, en el que las personas y la vigilancia física se combinan con el desarrollo de las últimas tecnologías para lograr una propuesta más robusta y completa.
Como explican José Gil, director general de Prosegur Seguridad, y Alejandro Alonso, director general de Prosegur Ciberseguridad, ya no se trata solo de atender los eventos de seguridad, sino que la compañía trabaja en modelos predictivos para poder adelantarse a las situaciones de riesgo. Con estos dos directivos hacemos un repaso a las claves del antes y el después de una actividad en plena transformación.La Inteligencia Artificial permite anticipar buena parte de los riesgos «La tecnología nos permite ofrecer un servicio de seguridad mucho más fiable», explica José Gil. «Trabajamos desde hace años en combinar el factor humano con la utilización de la tecnología. Hemos convertido al Centro de Control en el corazón de nuestra actividad. Hemos incorporado, por ejemplo, cámaras de vigilancia con Inteligencia Artificial y nuestras soluciones nos permiten ya inferir patrones de comportamiento a partir de los datos registrados. De esta forma nos anticipamos a los eventos de seguridad que pudieran afectar a los activos o las personas de las organizaciones que protegemos», añade el director general de Prosegur Seguridad.
El directivo destaca cómo la compañía ha incorporado a sus procedimientos habituales soluciones de seguridad basadas en tecnología de analítica de vídeo avanzada, con motores de Inteligencia Artificial que permiten detectar y analizar en segundos imágenes registradas a través de vídeo que de otra manera llevaría horas de trabajo. José Gil destaca también las soluciones que permiten la identificación de personas en movimiento facilitando así los accesos a edificios o cualquier otro tipo de espacio.
Solución y problema Pero al mismo tiempo que facilita la labor de protección, la tecnología también ha abierto nuevas ventanas de riesgo. Como apunta Alejandro Alonso, «el incremento de la tecnología ha supuesto que las amenazas crezcan. Hay que tener en cuenta que el ciberespacio se ha configurado como un facilitador también de las amenazas en el mundo físico. Los ataques en el entorno digital son relativamente fáciles de realizar, tienen un coste bajo y la incorporación de millones de dispositivos conectados hace que el perímetro a proteger crezca en la misma medida».
Para trabajar en estos entornos cada vez más complejos, el director general de Prosegur Ciberseguridad señala la importancia de «ofrecer soluciones integrales que den respuesta a las amenazas independientemente de su procedencia. Gracias a nuestras capacidades en ciberseguridad realizamos una monitorización continua de los incidentes desde un único punto y proporcionamos inteligencia a las operaciones. Tan pronto detectamos cualquier incidente, activamos los protocolos de acción establecidos garantizando así la máxima seguridad en nuestros clientes». Ambos directivos coinciden en destacar la importancia de tener una visión integral de las operaciones de seguridad para poder realizar una gestión global del riesgo, independientemente de si su procedencia es del mundo físico o digital e impulsar el desarrollo de soluciones avanzadas de seguridad. Respuestas globales para una realidad cada vez compleja.
 
 
 
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¿Qué dice nuestro convenio colectivo sobre los contratos de trabajos y sus periodos de prueba?

Los artículos 12 y 13 del vigente convenio colectivo estatal para empresas de seguridad privada recoge todo los referente a la formalización de los contratos de trabajo y sus periodos de prueba, concretamente viene contemplado lo siguiente:


ART. 12 CONTRATOS DE TRABAJO: Los contratos de trabajo serán de carácter indefinido, salvo las modalidades contractuales temporales establecidas en la ley, con las siguientes previsiones:

1. Contrato por obra o servicio determinado. Será personal contratado para obra o servicio determinado aquél cuya misión consista en atender la realización de una obra o servicio determinado dentro de la actividad normal de la Empresa. Los contratos celebrados por obra o servicio determinado suscritos a partir del 18 de junio de 2010, no podrán tener una duración superior a cuatro años.
Este tipo de contrato quedará resuelto por las siguientes causas:
a) Cuando se finalice la obra o el servicio.
b) Cuando el cliente resuelva el contrato de arrendamiento de servicios, cualquiera que sea la causa, sin perjuicio de la figura de subrogación establecida en el artículo anterior, en el caso de que exista otra Empresa de Seguridad adjudicataria.
c) Cuando el contrato de arrendamiento de servicios se resuelva parcialmente por el cliente, se producirá automáticamente una extinción parcial equivalente de los contratos de trabajo adscritos al servicio.
A efectos de la determinación de los trabajadores afectados por esta situación, se elegirán primero los de menor antigüedad, y en caso de tener la misma, se valorarán las cargas familiares, y, en todo caso, será oída la Representación de los Trabajadores.
2. Contrato eventual. Será personal eventual aquél que ha sido contratado por las Empresas con ocasión de prestar servicios para atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la Empresa, tales como servicios de vigilancia o conducción extraordinaria, o los realizados para ferias, concursos - exposiciones, siempre que la duración máxima de estos contratos no sea superior a 12 meses en un plazo de 18 meses. En caso de que se concierte por un plazo inferior a 12 meses, podrá ser prorrogado mediante acuerdo de las partes, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicho límite máximo.
3. Contrato de interinidad. Será personal interino aquél que se contrate para sustituir a otro trabajador de la Empresa con derecho a reserva del puesto de trabajo, durante su ausencia por incapacidad temporal, vacaciones, supuestos de excedencia forzosa o especiales de los artículos 63 y 64 de este Convenio, cumplimiento de sanciones, etc.
ART. 13 PERIODO DE PRUEBA: Podrá concertarse por escrito un período de prueba, durante el cual cualquiera de las partes podrá rescindir, por escrito, el contrato sin derecho a indemnización de ningún tipo. El período de prueba no podrá exceder de la siguiente duración:
-Personal Directivo, Titulado y Técnico: Seis meses.
-Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica: Dos meses.
-Personal Cualificado: Administrativos, Mandos Intermedios y de Oficios Varios: Tres meses.
-Personal Operativo: Dos meses. No obstante, no existirá periodo de prueba si el trabajador fuera contratado de nuevo por la misma empresa en el periodo de dos años posterior al último contrato.
-Personal no Cualificado: Quince días laborables.
Debes tener en cuenta...
Desde SPV te aconsejamos que pongas especial atención ante cualquier modificación en el contrato de trabajo que te proponga tu empresa, especialmente aquellos aspectos que vayan a deteriorar tu situación laboral. Recuerda que ante estas situaciones, si te citan y crees que te van a modificar a la baja tus condiciones laborales, tienes el derecho de ir acompañado de un asesor sindical o un representante de los trabajadores. Lee detenidamente lo que te pongan por delante, y nuca firmes nada sin leerlo.

También es bastante usual que las empresas contraten en precario para una obra o servicio determinado, y cuando a ellos les interesa, muevan al personal de su servicio a su conveniencia, especialmente en grandes eventos donde se requiere el concurso de un número elevado de trabajadores. A partir de ahí, debes saber que esta ilegalidad te abre la puerta para solicitar ser fijo en la empresa, ya que es un fraude de Ley utilizar trabajadores contratados para una obra o servicio determinados para otros servicios.
Puedes realizar tus consultas en:   cadiz@sindicatodeseguridad.com
 
 
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La Guardia Civil descubre otra estafa de 30 millones en CCOO y UGT en cursos de formación

La Guardia Civil descubre otra estafa de 30 millones en CCOO y UGT en cursos de formaciónLa Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil investiga un nuevo escándalo de los cursos de formación que salpica a los dos grandes sindicatos del país: CCOO y UGT. En concreto, los investigadores creen que en el caso de Comisiones Obreras el fraude podría ser a escala nacional y por importes muy superiores a los 30 millones de euros.

Esta trama tiene su origen en Extremadura. Pero las conexiones con empresas ligadas a los sindicatos a escala nacional hacen pensar a la UCO que el escándalo no se limita a esta comunidad autónoma ni mucho menos. La corrupción, según consta en la denuncia interpuesta ante la Fiscalía Anticorrupción y que ya se investiga con la personación del PP, se centra en un fraude cometido en la facturación por fondos de formación de la patronal extremeña CREEX, UGT-Extremadura, CCOO-Extremadura y CEPES-Extremadura.
El inicio de la denuncia se apoya en plena etapa socialista, y en concreto, de los datos recabados en 2011 por el Ejecutivo regional de José Antonio Monago. Pero, a partir de ahí, la investigación se ha ampliado a los 30 millones adjudicados en los cursos de formación de 2008 a 2010. Y en estos momentos, los testimonios practicados ya han abierto el abanico a varias décadas. Y es que las primeras declaraciones han asegurado que la práctica era “la misma que se había realizado siempre”. Y, a la vista de la normativa imperante, todo parece apuntar a que esos testimonios dicen la verdad. Porque las convocatorias entre 2008 y 2011 estaban reguladas por el mismo decreto de 2008 del Ejecutivo socialista. Un decreto que estuvo en vigor hasta que en 2012 el Gobierno de Monago decidió suprimirlo.
Ahora, los investigadores temen que ese decreto simplemente plasmase el modelo deseado por los propios sindicatos, con lo que el dinero defraudado se puede extender prácticamente sin limitación en el pasado más reciente. El Gobierno del Partido Popular, con José Antonio Monago a la cabeza, fue el que llevó este caso a la Fiscalía Anticorrupción. Y lo hizo señalando, además, que podría haber delito contra la Hacienda Pública por falsear las condiciones para cobrar subvenciones públicas.
Formación a ocupados, no a parados El primer dato que se pudo contrastar atendía sólo a la convocatoria de 2011 de pagos públicos destinados a los cursos de formación: con más de 3 millones de euros para formación de los ocupados, de los no parados. El Gobierno ‘popular’ aseguró ya en su momento que había indicios suficientes que podrían determinar que en Extremadura se creó y alimentó un sistema irregular en la gestión de la formación a ocupados, afectando exclusivamente a la patronal extremeña, los sindicatos UGT Extremadura, CCOO de Extremadura y CEPES como entidades beneficiadas y sus administradores, es decir, los secretarios generales de estas organizaciones, así como todos aquellos que la Justicia considerase oportunos en el ámbito político o empresarial.
De inmediato se observó que esas cuantías, por importes muy similares se habían pagado con esquemas similares en los cursos para parados. Y que, además, la práctica se había extendido por décadas en el pasado. Se trataría, así, de un posible delito contra la Hacienda Pública por fraude en las condiciones para la obtención y justificación del destino de subvenciones públicas. Y, además, como señalan desde el PP, cometido con continuidad y a lo largo de entre dos y tres décadas. El resultado, como se puede observar, puede ser un fraque multimillonario. Que, una vez más, apunta a los sindicatos como ya ocurriera en Andalucía.
 
 
 
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