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viernes, 30 de diciembre de 2016

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UGT, denuncia los cuadrantes de trabajo de Prosegur SIS España SL, Madrid.

Desde la sección sindical de UGT en Prosegur SIS Madrid, han interpuesto denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo de Madrid en materia  de cuadrantes.
A pesar que la Inspección de Trabajo ya ha sancionado a Prosegur por hechos como los aquí denunciados, en Prosegur se pasan las sanciones por el forro y siguen incumpliendo la normativa laboral y convencional, retando así las resoluciones de la Inspección de Trabajo.
Los descanso entre turno y turno de trabajo incumple las 13 horas que recoge el Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad. No disfrutan de fin de semana libre al mes tal y como regula el artículo 41 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad.
DENUNCIA:
A la empresa PROSEGUR 515 ESPAÑA S L., con domicilio en la calle pajaritos número 22-24, CP: 28007 de Madrid, por los siguientes puntos:
Primero.- Por incumplimiento del artículo 41 del convenio estatal de empresas de seguridad privada, que dice, que entre la jornada terminada y el inicio de la siguiente, deberá mediar un mínimo de 13 horas de descanso.
Segundo.- Por incumplimiento del artículo 41 del convenio estatal de empresas de seguridad privada, que dice, con el fin de conciliar la vida laboral y familiar, las empresas facilitarán a los trabajadores la libranza de al menos, un fin de semana al mes, sábado y domingo.
 
Fuente:  El pregon ugt
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Trabajadores de Prosegur protestan por la agresión de Metro Bilbao

El comité de empresa ha pedido a las direcciones de Metro Bilbao y Prosegur que adopten las medidas necesarias para reforzar la seguridad de los vigilantes.
El comité de empresa de Prosegur Bizkaia ha realizado una protesta este miércoles ante las oficinas de Metro Bilbao para condenar la agresión sufrida por dos vigilantes de Metro Bilbao el día de Navidad.
La concentración, que ha congregado a centenares de personas, se ha iniciado a las doce y media del mediodía frente a las oficinas del Metro Bilbao cuando los compañeros de los trabajadores agredidos han desplegado una pancarta en la que se podía leer "Aski da-Basta Ya. Stop agresiones".
El comité ha condenado, "de manera unánime y rotunda", las agresiones sufridas por sus dos compañeros y ha mostrado su preocupación porque las agresiones se repitan en el tiempo, "de manera cada vez más frecuente y violenta".
El comité de empresa de Prosegur ha reclamado a la empresa y a Metro Bilbao que adopten, "con urgencia", medidas para reforzar la seguridad de los vigilantes de seguridad del Metro Bilbao.

Fuente:  http://www.eitb.eus
 
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Cuidado con Facebook, puede costarte el empleo o llevarte a la cárcel

Los órganos judiciales se han pronunciado en numerosos casos en los que una mala actuación o la falta de prudencia en las publicaciones de Facebook han llegado a costar el despido o incluso la cárcel. Ciertas conductas en Facebook pueden salir caras. Las imprudencias, las suplantaciones, hablar de más o un exceso de información en la red social cuestan a veces desde un despido hasta penas de cárcel. Los juzgados y tribunales han estudiado casos de todo tipo sobre supuestos en los que una publicación en Facebook ha sido fruto de polémica. Aquí repasamos algunos de ellos.
El mundo laboral suele protagonizar muchos de estos casos. Y no sólo por las pegas de las empresas al acceso a redes sociales en horario laboral, sino también por publicaciones poco afortunadas o indiscretas que acaban revelando una conducta merecedora de un despido.

Redes en el trabajo

Ése fue el caso de una empleada de Eroski, despedida por colgar fotos en la red social en las que aparecía en uno de los supermercados con fajos de billetes y con la caja fuerte abierta. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía avaló el despido disciplinario.
A otro empleado de un hospital de Cartagena lo que le costó el puesto fue suplantar e injuriar a un superior jerárquico mediante la creación de un perfil en Facebook sin conocimiento del jefe afectado, utilizando sus datos personales. Desde dicha cuenta se dedicó a enviar solicitudes de amistad a otros colegas, así como a atribuirle expresiones injuriosas al jefe. El juzgado de lo social número 1 de Cartagena determinó que tanto la suplantación de personalidad como las citadas expresiones revestían la gravedad suficiente para justificar el despido. El trabajador trató de defenderse diciendo que se trataba de una broma acordada con otros compañeros, pero no era creíble ya que los trabajadores a quienes remitió las invitaciones vía Facebook se sumaron a la denuncia por sentirse también perjudicados.

Bajas laborales

La red social también puede resultar muy indiscreta en casos de bajas laborales. Con frecuencia son los propios trabajadores los que ponen en evidencia la veracidad de su enfermedad. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por ejemplo, estudió un caso en el que una empleada, supuestamente en situación de incapacidad temporal por accidente de trabajo, subía fotos a Facebook haciendo turismo o saliendo de copas. El tribunal consideró correcta la decisión de la empresa de despedir a la trabajadora por haber atentado al deber de lealtad y buena fe con la empresa.
LHumillación a las víctimas. Pero un mal uso de la red social puede costar más que un despido, a veces incluso la cárcel. Una sentencia de un juzgado de Pamplona condenó a un hombre a un año y medio de prisión por subir a Facebook un videoclip con contenido antisemita que se titulaba Asesina a todos los judíos. La magistrada titular del juzgado señaló que "en ningún caso" la libertad ideológica y la libertad de expresión "pueden dar cobertura al menosprecio y al insulto contra personas o a grupos, o la generación de sentimientos de hostilidad contra ellos". Y añadía que el vídeo era "sin duda una incitación directa a la violencia contra los judíos".
Sobre este tipo de casos de enaltecimiento del terrorismo o humillación a las víctimas, el Tribunal Supremo (TS) sentó las bases para interpretar estas conductas en las redes. En una sentencia que afectaba al caso de Madame Guillotine (un perfil de Twitter en el que se lanzaron mensajes humillantes hacia víctimas de ETA), concluía que "ciertas expresiones no se pueden enmarcar dentro de la libertad ideológica o de expresión, sino dentro del discurso del odio". El caso le costó un año de prisión a la joven que estaba tras el perfil de la red social.

Suplantación de personalidad

También fueron condenadas a cárcel -dos años por el delito de revelación de secretos- dos jóvenes que entraron en el móvil robado a una desconocida, accedieron a Facebook y, haciéndose pasar por ella, enviaron insultos y fotos obscenas a los conocidos de la dueña del dispositivo.

Derechos de imagen

La aparición en fotos que se publican en redes sociales también es objeto de polémica. Fue muy curioso el caso de unos afiliados a un partido político que denunciaron una intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen por publicarse en Facebook y otras redes sociales fotos tomadas en actos de partido en las que ellos aparecían. El TS concluyó que los afectados eran personas con proyección pública, dentro y fuera del partido, en cuanto afiliados al mismo, al pretender influir en la gestión de los intereses públicos y en el gobierno de la ciudadanía, por lo que la ley no les otorga protección a la imagen obtenida en un acto público y utilizada en actos de campaña del partido.
Las fotos de menores también son fuente de disputas. Una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra determinó que uno de los padres no puede publicar fotos de un hijo menor de edad en las redes sociales si el otro no está de acuerdo. Según señalaba, es imprescindible recabar previamente el consentimiento y, si uno de ellos se opone, al otro sólo le quedará acudir a la vía judicial para lograr una autorización del modo previsto en el artículo 156 del Código Civil.

Límites a los jueces

Tampoco magistrados se libran de problemas por el uso de redes sociales. La Audiencia Provincial de Asturias rechazó la pretensión de una de las partes en un litigio de que se pudiera recusar al juez que estudiaba su caso o que pudiera ser motivo para que se abstuviera el hecho de que hubiera pinchado en me gusta en una publicación de la otra parte inmersa en el procedimiento.

Condena a publicar el fallo en redes sociales

Cada vez es más frecuente encontrar sentencias en las que el condenado es obligado a publicar el fallo en la red social en la que se han producido los hechos que se enjuician. Fue muy sonada la decisión del Tribunal Supremo de ratificar el fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla que obligaba al presidente de Ausbanc, Luis Pineda, a publicar en Twitter durante 30 días el fallo que le condenaba por intromisión ilegítima en el derecho al honor del portavoz de Facua, Rubén Sánchez. Concretamente, estipulaba que debía hacerlo en horario de mañana (de 9.00 a 14.00 horas) o tarde (de 17.00 a 22.00 horas). En otra ocasión, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Moncada (Valencia) condenó a un médico a reparar en su estado de Whatsapp el honor de su antiguo socio, después de que hubiera mantenido en este espacio la frase "No te fíes de Javier Gutiérrez" [nombre ficticio]. La sentencia le condenó a difundir durante dos meses en su estado lo siguiente: "Mediante sentencia de fecha 30-12-2015 J.M. fue condenado por intromisión ilegítima en el honor de Javier Gutiérrez".

Fuente:  http://www.expansion.com
 
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jueves, 29 de diciembre de 2016

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Se puede vigilar con cámara a los empleados sin avisarles

Los tribunales amparan a una empresa que puso cámaras para detectar quién robaba material y se lo comunicó al comité, pero le rogó que no lo contara a la plantilla para que la medida tuviera éxito. Las empresas pueden vigilar a sus empleados con cámaras sin advertirles de que están siendo grabados. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo (TS) en una sentencia que añade esta novedad a los pronunciamientos de los tribunales sobre el uso de cámaras en el lugar de trabajo, que suelen ser favorables al empresario siempre que haya avisado a sus trabajadores.
El caso afectó a la empresa dedicada a la fabricación de envases y botellas de plástico Alción, que detectó la desaparición de material empleado en producción que se encontraba almacenado en el centro de trabajo. Ante esta situación, decidió establecer un sistema de videovigilancia en sus instalaciones, que fue inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos con un fichero con el nombre de "Videovigilancia" y con la descripción "grabación de imágenes para seguridad".
La empresa comunicó al comité la instalación de cámaras en diversos lugares visibles de los almacenes, rogándole que no lo trasladara a la plantilla con el objeto de velar por el resultado de la vigilancia. La sentencia apunta que, a pesar de que no se comunicó a los empleados que se les grababa, en el juicio se evidenció que tenían conocimiento del hecho.

Dos palés

En las imágenes grabadas en la madrugada del sábado 11 de mayo de 2013, a las 5.49 horas, puede verse como uno de los trabajadores fichó la salida del turno al haber finalizado su jornada de trabajo. No obstante, el empleado permaneció en las dependencias de la empresa, cogió una carretilla elevadora y se dirigió a una de las naves para coger, en sendos viajes, dos palés cargados de sacos de material cuyo valor ascendía a 1.890 euros. Depositando los palés en el suelo, el trabajador retiró la etiqueta identificativa de Alción Plásticos. A continuación, mantuvo una conversación con una persona no identificada en su teléfono móvil. Tras ello, abrió la puerta de entrada y permitió el acceso de un camión. Una vez dentro, el trabajador cerró la puerta y comenzó a cargar en el vehículo los sacos apilados en los palés y abrió de nuevo la puerta de la nave para permitir que el camión saliera, dejó la carretilla elevadora en su sitio y abandonó el centro de trabajo a las 6:31 horas.

Al día siguiente, en que el trabajador no tenía asignada jornada laboral, accedió al centro de trabajo a las 8:20 horas, sin fichar. Entró a la nave y recolocó los materiales e instrumentos de trabajo para dejarlos como estaban el sábado de madrugada. Y salió por la puerta de acceso de personal, de nuevo sin fichar, alrededor de las 8:41 horas.
La actuación del trabajador determinó su despido disciplinario y el que se siguieran diligencias previas ante el Juzgado de Instrucción. Frente a la sentencia de instancia, que declaró procedente el despido, el trabajador interpuso recurso de suplicación denunciando la infracción del artículo 18 de la Constitución y de los artículos 4.7, 5.1 y 26.1 de la Ley de Protección de Datos. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ)de la Comunidad Valenciana desestimó el recurso y declaró que la colocación de las cámaras de videovigilancia respetaba los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
Contra esta sentencia, el trabajador interpuso recurso de casación para unificación de doctrina alegando que no se le había informado previamente y aportando, como sentencia de contraste, la del Tribunal Constitucional 29/2013, que anuló las sanciones impuestas a un trabajador de universidad por faltas reiteradas al trabajo y manipulación de las horas de entrada, al que se grabó sin su conocimiento en el acceso al recinto universitario.Sin embargo, el Supremo entiende que no concurre el requisito de contradicción entre las sentencias y confirma el fallo del TSJ favorable a la empresa.

La doctrina del Tribunal Constitucional: el 'caso Bershka'


  • El Pleno del Tribunal Constitucional dictó una sentencia de 3 de marzo de 2016 que establece que la instalación por Bershka en la entrada de uno de sus establecimientos del distintivo informativo de "Zona videovigilada" regulado por la Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos cumple con la obligación de informar al trabajador de la instalación de dichos sistemas. Por ello, estipula que la obtención a través de cámaras de videovigilancia de imágenes justificativas del despido del trabajador cumple con los requisitos legalmente previstos para la captura y tratamiento de esos datos, pues se han utilizado para la finalidad de control de la relación laboral exigida.
  • Según el Constitucional, este fallo tiene especial trascendencia constitucional, pues le permite aclarar su doctrina en relación con el uso de cámaras en la empresa, para aclarar el alcance de la información a facilitar a los trabajadores sobre la finalidad del uso de la videovigilancia en la compañía. Así, concluye que es suficiente la información general. En su sentencia 29/2013, de 11 de febrero, había estipulado necesaria la información específica.
  • Para el Constitucional, en su última sentencia del Pleno, la instalación de cámaras de videovigilancia en el lugar de trabajo no requiere del consentimiento del trabajador, pero sí que se le informe, aunque sea de forma genérica. Considera que el consentimiento se entiende implícito en la propia aceptación del contrato que implica reconocimiento del poder de dirección del empresario. Eso sí, subraya la necesidad de proporcionalidad.
Fuente:  http://www.expansion.com
 
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martes, 27 de diciembre de 2016

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OMBUDS es la gran triunfadora, centros penitenciarios ubicados en las CC.AA. de Andalucía, Canarias y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla


El Ministerio del Interior que dirige Juan Ignacio Zoido gastará más dinero que nunca en contratar 800 vigilantes. En concreto, 34.666.869 euros, según se recogen en la resolución por la que se adjudica el concurso del denominado “servicio de apoyo a la seguridad en centros penitenciarios”. Una cifra que supone un incremento de cerca del 4% respecto a la anterior licitación, que fue de poco más de 33 millones. La gran beneficiada ha sido la empresa Ombuds Compañía de Seguridad SA, que se ha hecho con tres de los cuatro lotes en los que se ha dividido el contrato.
Centros penitenciarios ubicados en las CC.AA. de Andalucía, Canarias y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, CC.AA. de Castilla la Mancha, Extremadura y Madrid, CC.AA. de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Galicia y La Rioja,  ha sido adjudicataria la empresa OMBUDS COMPAÑÍA DE SEGURIDAD SA.
Hasta ahora, estos vigilantes se dedican al control del perímetro de los centros penitenciarios y del acceso a los mismos. También están encargados de atender los circuitos cerrados de televisión y la gestión de los saltos de alarmas. Todo ello, bajo la dirección de los integrantes de la Fuerzas de Seguridad del Estado y de los funcionarios de prisiones.
https://contrataciondelestado.es/wps/wcm/connect/f5add6f7-3790-42b6-a57f-4f940d7d6d6d/DOC_CAN_ADJ2016-380553.pdf?MOD=AJPERES
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CADIZ: SECURITAS, dejará de prestar los Servicio de seguridad y vigilancia de los centros del Servicio Andaluz de Salud de la provincia de Cádiz

SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA, S.A, tras varios años prestando servicio en los centros del Servicio Andaluz de Salud de la provincia de Cádiz, parece ser que el día 1 de febrero 2017 dejará de hacerlo, Securitas en cádiz ha perdido la adjudicación de estos servicios y con ello más de 150 trabajadores de la plantilla que pasarán subrogados a la nueva adjudicataria, UTE SEGURIDAD SAS CÁDIZ (CLECE SEGURIDAD, S.A.U. - SEGURIDAD Y VIGILANCIA RIOS.
 
 
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El ministro del Interior destaca el nuevo Reglamento de Seguridad Privada como una prioridad

Juan Ignacio Zoido

El ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, ha destacado entre las prioridades de su mandato el impulso al nuevo Reglamento de Seguridad Privada, que “debe ser abordado durante esta Legislatura, en desarrollo de la Ley que ya fue acordada por varios grupos“.

En palabras del ministro, el nuevo reglamento “resulta imprescindible para la efectividad de las novedades que ha incorporado la  Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada, que tuvo una excelente acogida dentro de este importante sector”.
El titular de Interior hizo estas declaraciones durante la comparecencia ante la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados para explicar las líneas de gestión del Ministerio del Interior para esta Legislatura.
Durante su intervención, Zoido destacó que el sector de la seguridad privada facturó en 2015, 3.481 millones de euros y da trabajo a 100.000 personas. Es un sector “puntero y reconocido tecnológicamente a nivel mundial, y es necesario para el correcto desempeño de los grandes sectores económicos de este país, como son el Comercio, la Banca o los Transportes“, manifestó el ministro.

Fuente:  http://www.puntoseguridad.com
 
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Fallece un vigilante de seguridad en un accidente en un circuito de pruebas en Níjar

En el accidente en el circuito de pruebas de Michelin se han visto implicados dos hombres de entre 40 y 45 años.
Un vigilante de seguridad ha muerto y otro ha sido evacuado al Complejo Hospitalario Torrecárdenas de la capital almeriense tras sufrir un accidente en el Centro de Experiencias Michelin de Almería (CEMA), ubicado en Níjar (Almería).
ALMERÍA. Un portavoz del 061 ha informado a Efe de que sobre las 05:15 horas una llamada al centro coordinador de este organismo alertó sobre el accidente en el que se habían visto implicados dos hombres de entre 40 y 45 años en este circuito de pruebas de Michelin, aledaño a la carretera de Ruescas.

El 061 ha enviado a un equipo médico de emergencias hasta el lugar, que a su llegada únicamente ha podido confirmar la muerte de uno de los implicados en el siniestro.
El otro ha sido trasladando al Complejo Hospitalario Torrecárdenas con un cuadro de policontusiones de diversas consideración, pero estable dentro de la gravedad.
Aunque no ha trascendido qué tipo de accidente han tenido estos dos trabajadores, el 061 ha apuntado que se produjo en el mismo circuito de pruebas y que ambos utilizaban en ese momento el vehículo que usan habitualmente para realizar rondas.

Fuente:  http://www.deia.com
 
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miércoles, 21 de diciembre de 2016

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Los Vigilantes de NAVANTIA San Fernando, protestan ante los impagos de Segur Ibérica

Los Vigilantes de Seguridad que prestan servicio NAVANTIA San Fernando están realizando diferentes protestas ante los impagos que les adeuda la empresa SEGUR IBERICA. Tenemos a muchos compañeros sin cobrar sus salarios desde hace varios meses y asistiendo todos los días a sus puestos de trabajo.
 
 
 
 

 
 
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lunes, 19 de diciembre de 2016

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Los Vigilantes de la Térmica los Barrios, protestan ante los impagos de Segur Ibérica

Los Vigilantes de Seguridad que prestan servicio en la Térmica de los Barrios están realizando diferentes protestas ante los impagos que les adeuda la empresa SEGUR IBERICA. Tenemos a muchos compañeros sin cobrar sus salarios desde hace varios meses y asistiendo todos los dias a sus puestos de trabajo.
 






En SPV no podemos quedar impasibles ante la dramática situación que atraviesan estos compañeros por ello, os pedimos una vez más vuestro apoyo y solidaridad, participando en las movilizaciones convocadas al efecto y cuyas fechas y horarios se irán indicando.
en la Central Térmica de Palmones y Los barrios se concentraran los días del 19 al 23 y del 27 al 30 de Diciembre, en horarios de 06:30 a 09:00 horas, así como en los Astilleros Españoles (Bazán en San Fernando, Puerto Real y Cádiz).
 
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viernes, 16 de diciembre de 2016

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El permiso por paternidad sube de dos a cuatro semanas desde enero

El portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ha confirmado este viernes, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, que la ampliación a un mes del permiso de paternidad prevista en la Ley de Igualdad entrará en vigor en enero de 2017. "Puedo anunciarles que el permiso se ampliará a partir del próximo 1 de enero de 2 a 4 semanas, una medida que va en esa necesaria conciliación entre la vida profesional y la vida familiar", ha declarado el también ministro de Educación.
El PP y Ciudadanos han negociado que los Presupuestos de 2017 dediquen 235 millones de euros a sufragar un aumento de dos semanas en los permisos de paternidad, lo que permitirá a los padres disfrutar de un total de cuatro semanas intransferibles y no obligatorias.
En la actualidad, las madres tienen derecho a una baja de seis semanas obligatorias, pueden disfrutar completamente o compartir otras diez con los padres, y estos tienen 13 días de permiso. El objetivo de máximos de Ciudadanos para la legislatura es ampliar a ocho semanas el permiso de paternidad y de maternidad, con otras diez semanas transferibles y a repartir entre ambos progenitores.
La Plataforma por los Permisos Iguales e Intransferibles por Nacimiento y Adopción (PPIINA) afirma que la ampliación a un mes del permiso de paternidad "es insuficiente" y está "mal diseñada". En su opinión, si la Ley de Igualdad se aplica tal y como fue redactada, tendrá "un efecto negativo" porque "obliga a que las cuatro semanas sean ininterrumpidas", de modo que los padres no podrán utilizar la dos semanas que se van a añadir a sus actuales 15 días de permiso más adelante, cuando la madre acabe su baja y se incorpore a trabajar.
El pasado 21 de octubre, el Pleno del Congreso aprobó con 173 votos a favor, dos en contra y con la abstención del PP y Foro Asturias, una iniciativa promovida por Unidos Podemos para igualar en 16 semanas los permisos de maternidad y paternidad. La proposición reclama que ese tiempo de baja tras el nacimiento, adopción o acogida sea igual para ambos progenitores, intransferible y 100% remunerado.
España, con sus 16 semanas de permiso para las madres, está por debajo de la media de la UE, que se sitúa en 23 semanas. Una directiva europea indica que los países deben facilitar que la licencia por maternidad sea de al menos 14 semanas, pero no recoge ningún periodo mínimo para el segundo progenitor.

Fuente: http://economia.elpais.com
 
 
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miércoles, 14 de diciembre de 2016

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Renovada la seguridad privada en las cárceles por 34,6 millones

 La adjudicación, un 3,6% más cara que la anterior, se retrasó por la falta de gobierno.
El Ministerio del Interior ha vuelto a poner en manos de empresas privadas la seguridad perimetral de las 67 cárceles españolas y lo ha hecho con un coste de 34,6 millones de euros -un 3,6% más que el año anterior- gracias a los cuales se contratarán durante un periodo de doce meses los servicios de más de 900 vigilantes, que en todo momento estarán a las órdenes y ejerciendo como refuerzo de los policías nacionales y guardias civiles destinados en las prisiones. La apertura de este procedimiento se autorizó por el Consejo de Ministros en pleno de mes de agosto pasado, aunque su resolución no ha podido ser desbloqueada hasta finales de noviembre, una vez constituido el nuevo gobierno.
Con la renovación de este servicio se da continuidad a una controvertida experiencia que se inició en 2013 en 21 centros penitenciarios, y que en octubre de 2014 se amplió al resto de las cárceles entre las quejas de sindicatos policiales y de funcionarios, que advirtieron del inicio de una «privatización» en toda regla, ya que el plan original prevé una tercera y definitiva fase que, en principio, supondría la sustitución de empleados públicos por guardias privados.

«Refuerzo», no sustitución

En defensa de este modelo, el Ministerio entonces dirigido por Jorge Fernández Díaz, argumentó sin embargo que se trata de un «refuerzo», que además ofrece un modo de recolocación a los escoltas que habían presentado servicio en País Vasco y Navarra durante la amenaza terrorista, lo que a su vez permitiría trasladar a los miembros de la Policía y Benemérita a labores de seguridad ciudadana. La aprobación el 4 de abril de 2014 de la Ley de Seguridad Privada proporcionó el soporte legal necesario para llevar a cabo esta nueva práctica.
De acuerdo con las condiciones impuestas por el Estado, a los vigilantes corresponderá, además del mencionado control perimetral de las prisiones, el de los acceso -que desarrollarán «con armas de fuego»-, la observación de los circuitos cerrados de televisión y de las alarmas, incluida la correspondiente comunicación a los responsables policiales. Habida cuenta de las particulares características de la prestación, el concurso se ha ejecutado por un sistema «negociado sin publicidad» -esto es, por invitación, a once firmas en este caso-, y la que ha resultado ganadora de tres de los cuatro lotes en que se dividieron los centros penitenciarios españoles ha sido Ombuds, compañía que ya se ha ocupado de la seguridad auxiliar en ministerios como los de Defensa o el de Interior, departamento este último al que también ha suministrado escoltas para altos cargos. Solo un conjunto de cárceles -Aragón, Baleares, Comunidad Valenciana, Murcia y Navarra- ha sido adjudicado a la unión temporal de empresas (UTE) constituida por Coviar, Sabico y Prosetecnisa.
La cantidad de 34,6 millones de euros figura como la suma máxima que el Estado pagará por los servicios recibidos, si bien el desembolso real se calculará en función de una tabla de «precios unitarios» que prevé abonar entre 13,03 y 30 euros netos por hora de trabajo, en función de en qué prisión se desempeñe el puesto, si requiere o no portar armas, si necesita ser cubierto 12 o 24 horas al día o si se realiza en fines de semana.
Habida cuenta de que el Consejo de Ministros estimó que este servicio implicará «más de 900 puestos de trabajo», el cálculo apunta a que el coste por vigilante -que no su sueldo final- estará en unos 36.000 euros al año, una cantidad que los sindicatos denunciaron que supera lo que representa pagar a un funcionario.

Fuente:  http://www.abc.es
 
 
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Los clientes de Segur Ibérica, dispuestos a abonar directamente los pagos a la plantilla para hacer frente a los impagos de salarios

Desde las centrales sindicales destacan la buena predisposición de las empresas para solucionar este conflicto salarial y que algunos clientes han pedido a los representantes de los trabajadores que colaboren con ellos y reúnan documentos firmados por los vigilantes certificando que no les han abonado las nóminas, para así poder justificar la rescisión de contratos con Segur Ibérica, y en su caso retener la facturación sin incumplir lo acordado.
Los representantes de los trabajadores se muestran contentos aunque son conscientes de que en los contratos públicos habrá mas complicaciones para buscar una vía de solución con celeridad, debido a “trabas burocráticas”.
Por otro lados, advierten que si finalmente hubiera una venta de la compañía por unidades productivas como informa Segur Ibérica en las reuniones del ERE, los más perjudicados serían los vigilantes sin servicio fijo asignado, que serán los que más riesgo corre su empleo y el abono de sus salarios.
Segur Ibérica por su parte, ha asegurado al Comité de Empresa que durante la semana próxima abonarán a parte de la plantilla las cantidades que les adeudan.
 
 
 
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domingo, 11 de diciembre de 2016

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Cestas de Navidad. Los regalos NUNCA deberían considerarse obligatorios

#Cestas de Navidad
Las cestas de Navidad, un regalo obligado según el Tribunal Supremo.
Todo se ilumina, el ambiente es más amigable a pesar de la crisis que no parece terminar, huele diferente y Facebook se llena de más tonterías, si es que eso es posible. Y con todo este asunto llega también el momento de las cestas de Navidad. Hoy quería hablar de ello, de una nefasta y ridícula sentencia del Tribunal Supremo sobre eso precisamente, sobre las cestas de Navidad.

Cestas de Navidad. ¿Regalo obligado? ¿Adónde hemos llegado?

Un buen día uno hace un regalo porque se siente agradecido, o pletórico, o porque ha tenido un buen día y lo quiere compartir… Eso es un regalo, algo que alguien hace de manera espontánea y porque quiere, aunque es evidente que la sociedad nos «obliga» a intercambiar muchos regalos que nos quisiéramos ahorrar. ¿Quién no tiene compromisos que le gustaría esconder debajo de la cama para olvidarse de ellos?
Luego hay otro tipo de regalos, también tradicionales, pero dentro del ámbito de la empresa. Aún recuerdo aquellas primeras cestas de Navidad (que en realidad eran cajas de cartón aunque se llamasen cestas de Navidad) que me entregaban en la Caja Rural por estas fechas siendo todavía adolescente. Ha llovido ya mucho desde entonces, pero a pesar de todo, lo de las cestas de Navidad sigue siendo una tradición en muchas empresas.
¿Pero qué pasa cuando la empresa no funciona tan bien como antes y decide ahorrarse ese gasto superfluo? Pues que sale el Tribunal y dice que se trata de derechos adquiridos por los trabajadores y que no se les puede quitar. Vamos a ver… ¿Hemos entendido el concepto de regalo? ¿Qué es eso de estar obligado a repetirlo todos los años por el simple hecho de que lo hayamos dado varios años seguidos?
Supongo que todo este sinsentido viene a raíz de que desde hace ya algunos años Hacienda considera las cestas de Navidad como una retribución en especie y así habría que declararlo. No digo que me parezca bien que se considere retribución en especie, pero lo acepto. Acepto que tenga consecuencias fiscales. Ahora bien, que por el hecho de considerarlo fiscalmente retribución en especie acabe siendo una parte del salario intocable, creo que va un gran trecho. No, señores, no. Si yo regalo cestas de Navidad es porque me apetece, porque quiero, porque me gusta y porque puedo… ¡No puedo tolerar que se me obligue a ello siun año decido dejar de hacerlo!
Obligar a las empresas a mantener la costumbre de las cestas de Navidad vía tribunales me parece un sinsentido. ¡Eso sí que es cargarse el espíritu navideño!
Consejo a los futuros empresarios:
Si van a montar una empresa, háganlo bien, no regalen nunca cestas de Navidad. De ese modo no adquirirán obligaciones estúpidas. Que cada cuál se compre los turrones que más le gusten con lo que le sobre de la paga.
Aquí está la sentencia en PDF.

Fuente:  Ramón Cerdá
No te pierdas los libros publicado por Ramón Cerdá http://www.milibroenpapel.com/
 
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Forcejea con el vigilante de un ambulatorio de La Línea y le amenaza

La concejal de Sanidad del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, Rosa Pérez, ha mostrado su indignación por una nueva agresión ocurrida en la tarde de este pasado martes 6 en el Centro de Salud de los Junquillos, el cual al ser jornada festiva fue el único que permaneció atendiendo urgencias. Según su relato, durante la tarde un individuo, conocido por su actitud agresiva de otras ocasiones, se enfrentó al vigilante de seguridad del Centro, forcejeando y resultando éste con diversas lesiones. “Lo peor, si cabe, fue que este sujeto llevaba un arma blanca y si no llega a ser por la intervención en auxilio del vigilante de un conductor de ambulancia estaríamos hablando de algo mucho más grave”.
Este agresor consiguió darse a la fuga y el vigilante interpuso la correspondiente denuncia. “Esperemos que las fuerzas de seguridad puedan detenerlo. Nadie logra entender cómo una persona es capaz de ir a un Centro de Salud esgrimiendo un arma blanca. No es la primera vez y me temo que cada vez los profesionales del sector tenemos más miedo a una desgracia”.

Fuente: http://andaluciainformacion.es
 
 
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VIGILANTÍA INVERSIONES, NO PAGA A SUS TRABAJADORES

El SINDICATO S.P.V. ha realizado una CONCENTRACIÓN DE VIGILANTES a las puertas del CENTRO COMERCIAL PUERTA EUROPA EN ALGECIRAS,  para protestar por EL IMPAGO DE LOS SALARIOS DE LA PLANTILLA DE VIGILANTES DE SEGURIDAD Y AUXILIARES DE SERVICIOS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS EN ESTE CENTRO, PERTENECIENTE A LA EMPRESA VIGILANTÍA INVERSIONES S.A.
En apoyo de estas 14 familias de trabajadores afectados,  nos concentramos LOS DELEGADOS SINDICALES DE SPV a las puertas de este conocido establecimiento comercial.
 
Igualmente estamos en contacto con los propietarios del referido centro INMOBILIARIA DOS PUNTOS a fin de que realice las gestiones oportunas para asegurar el abono de estos salarios, o en su defecto, rescinda el contrato a esta empresa, pues como responsable subsidiario, debe de responder ante estos trabajadores.

 
 Roberto paga ya...!!
 

  
 
Sindicato Profesional Vigilantes

SPV CADIZ
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miércoles, 7 de diciembre de 2016

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SPV consigue 3 delegados de personal en las elecciones de “Servisecuritas”

El pasado Lunes día 5,  tras las elecciones en la empresa Servisecuritas del grupo SECURITAS, el SPV obtiene  la  mayoría con TRES  delegados de personal. El resto de sindicato que se presentó  (ccoo  y uso), NO  consiguen ninguno de sus candidatos.
 
 
Sindicato Profesional Vigilantes

SPV CADIZ
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