El texto del real decreto y la Memoria de Análisis de Impacto
Normativo que lo acompaña reflejan que el SMI será de 15.120 euros anuales,
1.080 euros al mes y 36 euros al día. En el caso de los trabajadores eventuales
y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, la
cuantía del salario no podrá ser inferior a los 51,15 euros por jornada legal
en actividad. Para los empleados de hogar que trabajen por hora, la hora
trabajada se pagará en 2023 a 8,45 euros, resultado de incluir todos los
conceptos retributivos, gratificaciones extraordinarias, descansos y
vacaciones.
Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023.
SPV CADIZ
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