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jueves, 7 de abril de 2016

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En libertad bajo fianza el primer detenido por el asalto al furgón blindado en Torrelavega

La jueza que instruye el caso acaba de decretar prisión provisional sin fianza para el segundo implicado tras ser trasladado desde una cárcel francesa.
 
La Audiencia Provincial ha concedido la libertad bajo fianza al primer detenido por el asalto al furgón blindado en el Mercadona de Torrelavega en noviembre de 2014, tras 16 meses en prisión provisional y varios recursos denegados.
La Sección Tercera le ha impuesto una fianza de 6.000 euros -el 10% del importe del botín- y la obligación de declarar los días 1 y 15 de cada mes, según consta en un auto fechado el 1 de abril y al que ha tenido acceso Europa Press.
La Sala ha tenido en cuenta el tiempo transcurrido desde que se decretó la prisión provisional sin fianza, el "nulo o bajo riesgo que existe ya de que se alteren, destruyan o eliminen fuentes de prueba, y la posibilidad de salvaguardar la conclusión del procedimiento de instrucción y la presencia del investigado mediante medidas menos gravosas para el afectado".
La decisión de la Audiencia se ha producido casi en paralelo al traslado, desde una cárcel de Francia, del otro implicado en el atraco, sobrino del anterior, y para quien la jueza instructora ha decretado prisión provisional, comunicada y sin fianza tras tomarle declaración.
La defensa del primer detenido solicitó sin éxito en dos ocasiones su puesta en libertad, pero la petición fue desestimada tanto por el Juzgado de Instrucción número 3 de Torrelavega como por la Audiencia.
El pasado mes de marzo volvió a solicitar la libertad provisional, argumentando que lleva más de 16 meses en prisión; que no existe riesgo de fuga, al carecer de recursos con los que sufragar una eventual fuga, además de contar con arraigo en Santander, donde residen su mujer y su hija, y con un "precario estado de salud" por las lesiones sufridas en el tiroteo con la policía registrado al día siguiente del asalto al furgón de Prosegur.
Argumentó también que la paralización del proceso, consecuencia de la oposición del otro implicado a ser trasladado a España, "no es causa bastante para justificar su continuidad en prisión, sin que quepa apreciar que existe ya riesgo de destrucción de pruebas u obstaculización del procedimiento por parte del recurrente".
En el auto que estima parcialmente su recurso, la Audiencia señala que "el propio transcurso del tiempo -más de 16 meses-, que el investigado lleva privado provisionalmente de libertad, ha hecho diluirse las finalidades que en su momento justificaron la adopción de la medida cautelar, fundamentalmente, la de evitar la ocultación, alteración o destrucción de fuentes de prueba, así como la de evitar la reiteración delictiva".
Añade que el procedimiento está "en fase de instrucción y pendiente de la práctica de diligencias de investigación de notorio interés, algunas de las cuales, una vez cumplimentadas, han venido a reforzar los indicios de participación del imputado en la comisión de los hechos".
 
 
 
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miércoles, 6 de abril de 2016

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ALGECIRAS: Un vigilante de 60 años sufre una brutal paliza en el polígono de Campamento

El hombre, que reside en San Roque, tuvo que ser hospitalizado La Guardia Civil investiga el móvil de la agresión.
Agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil de la Comandancia de Algeciras investigan la agresión de un ciudadano de unos 60 años la tarde del viernes en el polígono industrial de Campamento. El hombre trabaja como vigilante de seguridad y reside en San Roque desde hace años, aunque es natural de La Línea.

Según fuente oficiales a las que tuvo acceso Europa Sur, el hombre recibió una fuerte paliza por parte de varias personas por lo que tuvo que ser hospitalizado en el hospital de La Línea.

El suceso se produjo alrededor de las 14:00 horas, cuando los servicios de Emergencias del 112 reciben una llamada alertando de que una persona estaba malherida y sangraba en el polígono de Campamento. Así, se dio aviso a la Policía Local de San Roque y a la Guardia Civil, quien se hizo cargo de la investigación. También se avisó a los servicios sanitarios que le realizaron las primeras curas en el lugar de los hechos y posteriormente, le trasladaron al hospital linense.

La familia del agredido interpuso una denuncia ante la Guardia Civil y se abrió una investigación, que está en curso para detener a los autores, que según pudo saber este periódico pertenecen a una banda conocida en La Línea.

Los agentes a cargo de la investigación tratan de dilucidar los motivos por los que se produjo la brutal agresión, no se descarta el móvil del robo, si bien no se les sustrajeron ni dinero ni objetos de valor. La Comandancia informará de los detalles de la operación una vez se cierre la investigación.
 
 
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LOS TIPOS DE DESPIDO

Después de la reforma laboral del 2012, y una vez eliminada la posibilidad del “despido exprés” (apuntamos que era aquel despido donde el empresario reconocía en la liquidación la improcedencia del despido y ponía a disposición del trabajador la indemnización de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades, sin necesidad de acudir a conciliación administrativa ni judicial) los tipos de despido quedan de la siguiente forma que detallamos a continuación:
Despido disciplinario (art.54 ET)
Es aquella extinción del contrato de trabajo por decisión del empresario, basado, como dice el propio art.54 ET, en “un incumplimiento grave y culpable del trabajador”. Se suele acudir a dicho despido p.ej. cuando el trabajador comete faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad; indisciplina, desobediencia u ofensas verbales al empresario o compañeros en el trabajo; transgresión de la buena fe contractual o abuso de la confianza en el desempeño; disminución continuada y voluntaria del rendimiento de trabajo, etc
Dicho despido, exige por parte del empresario, una comunicación por escrito al trabajador, donde se detallen con “precisa claridad”, los hechos que motivan el despido, junto con otros requisitos que pueda establecer en su caso el convenio colectivo aplicable.
Este despido puede ser calificado por el juez como:
-Procedente. El empresario logra demostrar las causas alegadas en la carta de despido, por consiguiente no hay derecho a indemnización.
-Improcedente. El empresario NO logra demostrar los hechos alegados en la carta de despido, o NO se cumplen los requisitos formales exigidos (art.55.1 ET).
Para los nuevos contratos indefinidos firmados a partir del 12 de febrero de 2012 dicha indemnización pasará en términos generales de ser 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades a 33 días por año trabajado con 24 mensualidades.
Para los contratos vigentes con anterioridad a la reforma se aplicará un doble cómputo de la indemnización: la parte trabajada antes del 12 de febrero de 2012 se calculará con los 45 días y la posterior con 33 días.
-Nulo. Fundamentalmente por vulneración de derechos fundamentales. Supone la readmisión del trabajador con las mismas condiciones que tenía el trabajador y el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido.
Despido por causas objetivas (Art. 52 ET)
Es aquella extinción por voluntad del empresario, que se produce cuando se den alguna de las siguientes circunstancias:
-ineptitud sobrevenida del trabajador
-falta de adaptación a modificaciones técnicas sufridas en su puesto de trabajo
-causas técnicas, organizativas o de producción
-faltas de asistencia
Dicha extinción puede ser individual o colectiva (si la extinción afecta, en un período de noventa días, al menos a diez trabajadores en empresas de menos de cien; al 10% en compañías que ocupen entre cien y trescientos trabajadores o a treinta trabajadores en empresas de más de 300).
Dentro de las anteriores causas, la más utilizada es la “causa económica”, definida como ”cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.”
Como en el caso de los despidos disciplinarios, los despidos objetivos, podrán ser declarados por un juez como:
-Procedentes: las causas económicas son verdad y se han podido probar, conlleva una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades
-Improcedentes: las causas económicas NO son verdad o NO han podido ser probadas. En este caso el empresario , podrá optar entre:
-Readmisión al puesto de trabajo con las mismas condiciones anteriores, y abono de los salarios dejados de percibir desde el despido.
-Indemnización de 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades, o 45/33 en caso de antigüedades anteriores a la reforma laboral
-Nulos: mismas causas y consecuencias que en el despido disciplinario.
Fuente:  gie.es


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sábado, 2 de abril de 2016

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Comunicado de la Sección de Coordinación de Medios de la Unidad de Seguridad Privada


En el afán de progresar en la adecuación de los protocolos de actuación ante situaciones de emergencia y la mejora de los procedimientos y coordinaciones entre el Cuerpo Nacional de Policía  y el personal de seguridad privada, en la pasada semana se puso en marcha un nuevo numero de teléfono GRATUITO en la Sala de Coordinación de Seguridad Privada, quedando el contacto con la misma, con los siguientes canales:

Teléfono gratuito: 900-350-125 (24 horas)

Teléfono: 91-322-71-96 /24 horas)

Fax: 91-322-71-88

Correo electrónico: cgsc.segurp@policia.es

Rogamos tomen nota del mismo y procedan a dar una máxima difusión del mismo.

Gracias por su colaboración
Unidad Central de Seguridad Privada
Sección de Coordinación de Medios
 
 
 
 
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Denuncian que el sindicalista de Prosegur trabaja aunque tiene incapacidad permanente

La Central Sindical Obrera Independiente (CSOI) ha puesto en conocimiento de la Inspección de Trabajo que Antonio Duarte, secretario general de FTP-USO, está realizando labores de gerencia y coordinación a nivel nacional e internacional para la citada entidad, a pesar de tener reconocida una incapacidad permanente absoluta para trabajar.
 
CSOI denuncia ha comunicado a la Inspección de Trabajo que Antonio Duarte, sindicalista de FTP-USO y liberado de Prosegur, está trabajando a pesar de tener reconocida una incapacidad permanente absoluta para trabajar.
 
Además, CSOI critica que en 2012 se le concediera la Cruz al mérito policial con distintivo blanco a Duarte, a pesar de "haber sido imputado dentro de la investigación Zeta" y "acreditado el uso fraudulento de un vehículo y partidas económicas por parte del sindicato que le nombró Secretario General en USO".
 
Incluso denuncia que "estos supuestos hechos, permiten que las empresas líderes del sector (Prosegur y Securitas, fundamentalmente) gocen del beneplácito del sindicato evitando investigaciones y denuncias por parte del mismo, justo lo contrario que le sucede a empresas del sector que, al no ceder a las pretensiones de este sindicato, se ven abocada a soportar inspecciones y seguimientos de todos los organismos del Estado: Seguridad Social, Hacienda, Policía, Guardia Civil…", basadas en denuncias de FTP-USO, muchas de las cuáles al final quedan en nada.
 
CSOI acusa a empresas como Prosegur y Securidas de "comprar" a los delegados sindicales permitiéndoles más horas libres de las que les corresponden.
 
CSOI acusa a empresas como Prosegur y Securitas de "comprar" al sindicato con horas de representación sindical, permitiendo a los delegados disfrutar de 29.000 horas, cuando en realidad sólo les corresponden 8.000.
En consecuencia, la Central Sindical solicita a la Policía Nacional que se realice un seguimiento de estos presuntos hechos fraudulentos, que se refieren a las horas de representación sindical, a fin de evitar el uso partidista e interesado de las instituciones del Estado.
Además, el juzgado de Instrucción nº 8 de Madrid ha admitido a trámite una querella interpuesta por la empresa Alcor Seguridad S.L. contra Antonio Duarte, secretario general de FTP-USO, por presunto un presunto delito de falsedad documental.
El demandante solicita la detención o prisión provisional del responsable sindical de la empresa Prosegur, además de 10.000 euros por daños y perjuicios, así como una fianza del mismo importe o el embargo de sus bienes.
El demandado fue citado a declarar el pasado 15 de marzo pero no se presentó ante el juez argumentando que tenía una asistencia a un congreso, según las fuentes consultadas.
 
 
 
 
 
 
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viernes, 1 de abril de 2016

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Comisiones Obreras desmantela su servicio de formación aplicando la reforma laboral

El ERE que quiere llevar a cabo el sindicato en su Fundación de Formación y Empleo afectaría a 58 trabajadores de los 70 que tienen actualmente FOREM Confederal, MAFOREM (Madrid) y sus sedes en Ceuta y Melilla.

Comisiones Obreras quiere desmantelar su servicio de formación con unExpediente de Regulación de Empleo que afecte a más del 80% de la plantilla. Según el documento al que ha tenido acceso la Cadena SER, la intención del sindicato es que el ERE suponga el despido de 58 trabajadores de los 70 que tienen actualmente FOREM Confederal, MAFOREM (Madrid) y sus sedes en Ceuta y Melilla. La dirección del sindicato se reunió ayer por primera vez con la comisión negociadora y les trasladó sus intenciones: indemnizaciones por despido de 22 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades. Es decir, un ERE aplicando la reforma laboral que el sindicato tanto ha criticado.
 
Comisiones Obreras tiene previsto poner en marcha el Expediente de Regulación de Empleo desde que finalice el periodo de consultas hasta el 31 de diciembre de 2016. Su objetivo es despedir a 43 trabajadores en FOREM Confederal, 12 en MAFOREM, 2 en Melilla y 1 en Ceuta. Una oferta que los trabajadores creen que es toda una "declaración de intenciones" de CCOO y dicen no entender cómo el sindicato, que tanto ha criticado la reforma laboral, la esté utilizando ahora para echar a sus propios trabajadores. Y creen que es el primer paso para abandonar su apuesta por la formación.
 
El sindicato alega que se ha visto obligado a tomar esta decisión después de que el Ministerio de Empleo les haya cortado el grifo de la financiación de este tipo de cursos. El secretario de Formación de CCOO, Javier López, afirma que la situación es "insostenible", no solo para los sindicatos sino también para las organizaciones empresariales y las empresas privadas del sector. López niega que la oferta sea de 22 días y asegura que se le pagará a los trabajadores una "indemnización digna". "Ni mucho menos se trataría de dejar a los trabajadores en la calle", asegura López, que insiste en que el sindicato quiere "garantizar compromisos de recolocación, si hubiera actividad de formación" en el futuro.

 
 
 
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