La jueza que instruye el caso acaba de decretar prisión provisional sin fianza para el segundo implicado tras ser trasladado desde una cárcel francesa.
La Audiencia Provincial ha concedido la libertad bajo fianza al primer detenido por el asalto al furgón blindado en el Mercadona de Torrelavega en noviembre de 2014, tras 16 meses en prisión provisional y varios recursos denegados.
La Sección Tercera le ha impuesto una fianza de 6.000 euros -el 10% del importe del botín- y la obligación de declarar los días 1 y 15 de cada mes, según consta en un auto fechado el 1 de abril y al que ha tenido acceso Europa Press.
La Sala ha tenido en cuenta el tiempo transcurrido desde que se decretó la prisión provisional sin fianza, el "nulo o bajo riesgo que existe ya de que se alteren, destruyan o eliminen fuentes de prueba, y la posibilidad de salvaguardar la conclusión del procedimiento de instrucción y la presencia del investigado mediante medidas menos gravosas para el afectado".
La decisión de la Audiencia se ha producido casi en paralelo al traslado, desde una cárcel de Francia, del otro implicado en el atraco, sobrino del anterior, y para quien la jueza instructora ha decretado prisión provisional, comunicada y sin fianza tras tomarle declaración.
La defensa del primer detenido solicitó sin éxito en dos ocasiones su puesta en libertad, pero la petición fue desestimada tanto por el Juzgado de Instrucción número 3 de Torrelavega como por la Audiencia.
El pasado mes de marzo volvió a solicitar la libertad provisional, argumentando que lleva más de 16 meses en prisión; que no existe riesgo de fuga, al carecer de recursos con los que sufragar una eventual fuga, además de contar con arraigo en Santander, donde residen su mujer y su hija, y con un "precario estado de salud" por las lesiones sufridas en el tiroteo con la policía registrado al día siguiente del asalto al furgón de Prosegur.
Argumentó también que la paralización del proceso, consecuencia de la oposición del otro implicado a ser trasladado a España, "no es causa bastante para justificar su continuidad en prisión, sin que quepa apreciar que existe ya riesgo de destrucción de pruebas u obstaculización del procedimiento por parte del recurrente".
En el auto que estima parcialmente su recurso, la Audiencia señala que "el propio transcurso del tiempo -más de 16 meses-, que el investigado lleva privado provisionalmente de libertad, ha hecho diluirse las finalidades que en su momento justificaron la adopción de la medida cautelar, fundamentalmente, la de evitar la ocultación, alteración o destrucción de fuentes de prueba, así como la de evitar la reiteración delictiva".
Añade que el procedimiento está "en fase de instrucción y pendiente de la práctica de diligencias de investigación de notorio interés, algunas de las cuales, una vez cumplimentadas, han venido a reforzar los indicios de participación del imputado en la comisión de los hechos".
Fuente: http://www.eldiario.es
SPV CADIZ
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