El empleado
no puede trabajar porque sufre algún tipo de problema médico relacionado
con su trabajo, acude a la mutua de su empresa pero le deniegan la baja
diciendo que lo que tiene no es una contingencia profesional (CP:
enfermedad profesional o accidente de trabajo) y lo derivan "a la SS"
alegando que es una contingencia común (CC: accidente o enfermedad no
relacionados con el trabajo). ¿Te suena?
Cabría la
posibilidad de que fuera cierto que no se tratara de una CP. sino de una
C.C. Pero tampoco cabría descartar lo contrario al tratarse de
Españistán, es decir que el médico de la mutua denegara la baja por C.P.
aún sabiendo perfectamente que sí que lo fuera. Para que los
trabajadores analices las causas de esta 2º posibilidad, quizás podrías
serles útil saber quiénes son realmente las mutuas, de dónde sacan el
dinero y en qué se lo gastan o podrían gastar, y luego que cada cual
saque sus propias conclusiones...
SPV CADIZ
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