El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha
confirmado el despido de un empleado de seguridad del aeropuerto de Palma por
quedarse con un reloj que se le cayó a una pasajera tras pasar el filtro de
control.
La sala de los social del TSJIB considera justificado que la
empresa echara por infracción muy grave a un trabajador que dio una patada para
ocultar a sus compañeros el reloj que se le había caído de una bandeja a una
mujer que acababa de pasar por el arco de seguridad de Son Sant Joan.
Además, ratifica la sentencia dictada en primera instancia
por un juzgado de los social de Palma en el sentido de que en un primer
momento, cuando la dueña del reloj volvió atrás a reclamarlo, él negó saber
nada del objeto y que más tarde, delatado por las grabaciones de las cámaras de
seguridad, explicó que sí lo había encontrado y que lo dejó sobre el teclado
del monitor de radioscopia y no volvió a verlo.
El sindicato al que estaba afiliado el despedido recurrió a
la justicia contra la decisión de la empresa, pero el TSJIB ha considerado que
la expulsión del trabajador tras más de diez años prestando servicios a la
compañía está justificada porque infringió gravemente su contrato y el
protocolo que rige sus funciones.
Se considera probado que en la mañana del 30 de noviembre,
el reloj de una pasajera alemana cayó al suelo sin que ella se diera cuenta, el
vigilante lo observó y le dio una patada para dejarlo debajo del monitor de
radioscopia, de donde lo recogió poco después aprovechando que cambiaba de tarea.
Poco después pidió ir al baño, y a la vuelta, una vez la
pasajera advirtió de la pérdida a la Guardia Civil y los agentes preguntaron en
el filtro, él negó saber nada del reloj.
Cuando los guardias civiles responsables del filtro de
seguridad visionaron las imágenes grabadas en la zona comprobaron lo que había
hecho el guardia privado y le detuvieron, y fue entonces cuando admitió haber
encontrado el reloj aunque siguió negando que se lo hubiese quedado y dijo que
si se agachó fue para coger una moneda, según recoge la sentencia.
En su demanda, el sindicato del despedido alegó que no se le
había informado, como corresponde cuando se adopta una medida disciplinaria con
un afiliado, pero el TSJIB ha subrayado que la compañía comunicó la sanción al
comité de empresa y que, además, no sabía que el sancionado estaba adscrito a
un sindicato.
También alegaba la parte recurrente que el despido era una
sanción desproporcionada para los hechos, a lo que el tribunal replica que
efectivamente el guardia de seguridad trasgredió "la buena fe
contractual" y abusó de la confianza de su empresa.
Entiende asimismo que ha de considerarse que "la
profesión desarrollada por el trabajador" agrava la valoración de su
conducta, puesto que estaba entre sus funciones el control de los objetos, que
en caso de pérdida debían ponerse bajo custodia de la Guardia Civil.
SPV CADIZ
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