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sábado, 15 de febrero de 2020

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La AN obliga a Securitas a que pare de solicitar certificados de antecedentes a sus empleados

Deberá ser, por tanto, la Dirección General de Policía la que, "a través de los órganos correspondientes", recabe y verifique los datos.

La Audiencia Nacional ha obligado a la empresa de seguridad Securitas a que deje de solicitar a sus trabajadores un certificado de antecedentes penales, al entender que esta práctica conlleva un ilícito de datos personales que sólo pueden ser gestionados por las autoridades.

En la sentencia, la sala de lo social da la razón al sindicato profesional de seguridad privada Alternativa Sindical y explica que de la normativa que rige este tipo de servicios "no cabe inferir en modo alguno que las empresas de seguridad estén facultadas para recabar datos referentes a condenas penales de los vigilantes".

Los magistrados inciden en que las compañías no tienen "ninguna intervención" en la gestión y expedición de la tarjeta de identificación personal, esto es, en la habilitación de un empleado como vigilante de seguridad, al tratarse de una "competencia atribuida al Ministerio del Interior".

Habrá de ser, por tanto, la Dirección General de Policía la que, "a través de los órganos correspondientes", deba recabar y verificar los datos "tanto para la inicial expedición de la misma (la tarjeta), como para el mantenimiento de ésta durante su vigencia".

Así pues, prosiguen, la intervención de la empresa de seguridad se limita "únicamente" a comunicar las altas y las bajas de su personal al registro nacional, a fin de que las autoridades competentes comprueben si el trabajador está habilitado o no.

La sala, que preside la juez Emilia Ruiz-Jarabo, también entra a valorar la calidad de los datos que se incluyen en el certificado, y asegura que "exceden" los límites de los que se requieren para obtener la habilitación profesional, pues recogen las condenas que aún no han dado lugar a antecedentes al estar pendientes de recurso.

Finalmente, remite a uno de los argumentos de Securitas, que alegó que no se requería a los trabajadores un certificado sino "simplemente" una declaración y que no se había sancionado ni despedido "a nadie" por negarse a prestarla.

Para los magistrados, este hecho prueba que los datos "carecen de relevancia alguna para la ejecución del contrato", entre otros motivos, porque la empresa está obligada a incorporarlo a la plantilla según lo dispuesto en el convenio sectorial.

Fuente:  https://www.expansion.com/


Sindicato Profesional Vigilantes

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sábado, 14 de mayo de 2016

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Certificado de antecedentes por delitos sexuales

Exige a docentes de la pública y la privada un documento del Registro Central de delincuentes sexuales, pero como aún no existe, les piden antecedentes penales.
Algunas comunidades autónomas ya han comenzado a pedirlo, después de que una ley nacional aprobada en agosto lo contemplara para profesionales que trabajan con menores.
Todos los profesores de España, del sistema público y privado, tendrán que certificar que no tienen antecedentes por delitos sexuales para ejercer. La medida, incluida en una modificación de la ley 26/2015 de infancia y adolescencia, afecta por igual a los docentes en ejercicio como a los de nuevo acceso y ha empezado a ponerse ya en práctica en algunas comunidades autónomas. De hecho, afecta a todos los profesionales que en su trabajo tengan "contacto habitual" con menores, hecho que incluirá a pediatras, monitores infantiles, etc. Pero de momento el Ministerio de Educación le ha tomado la delantera al resto.
UN REGISTRO QUE NO EXISTE.
La modificación en la ley dice textualmente: "Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales ".
El problema de momento es que no existe tal Registro Central específico de delincuentes sexuales, pero el Ministerio de Educación comunicó a las comunidades autónomas, responsables del funcionariado docente, que mientras se pone en marcha solicite a los profesores un certificado del Registro Central de Antecedentes Penales. Y aquí surge un problema, según Paco García, responsable de función pública de CC OO. "Esta certificación de penales no diferencia qué tipo de delitos refleja", explica. Esto es, según la norma los docentes no podrán tener antecedentes por delitos sexuales y similares, pero el certificado que se pide ahora incluye todos los delitos que cualquier persona haya cometido, hecho que podría vulnerar la ley de protección de datos.
Este representante sindical sostiene que han elaborado un informe "que dice que no se puede poner en práctica. Nos parece que vulnera la presunción de inocencia porque se pide indiscriminadamente a todo el mundo". Desde CC OO reconocen "que hay una cierta inquietud social con estos asuntos, pero ahí a criminalizar a todo el mundo... Es una barbaridad", añade.
LAS DUDAS.
La normativa de momento no establece plazos para que todos los profesores presenten el certificado. El texto cita que el Registro Central de delincuentes sexuales debe estar operativo en seis meses desde que se redactó, esto es, el mes de febrero. Esa fecha podría marcar el límite. Tampoco se sabe qué ocurrirá con quienes estén ejerciendo y hayan sido condenados. Es de suponer que perderán su plaza, pero el texto sólo dice que para ejercer hace falta tener el certificado negativo, nada más.
Morey no ve motivo para el alboroto. "Para ser funcionario de carrera ya se exige en determinados puestos que no se tengan delitos o se haya sido inhabilitado para la función publica", explica. Sin conocer al detalle la nueva normativa, le parece "lógica" y que jurídicamente no presenta problemas. "Habría que ver cómo se articula en concreto, pero para verificar que no se produce una incompatibilidad" es factible esta medida, explica. Y recuerda que ya puede ocurrir que se haga una revisión de oficio a un funcionario y se le quite la plaza si ha incurrido en algún supuesto que conlleve esta situación.
Pedro es uno de los profesores a los que ya le pidieron el certificado en septiembre, cuando le contrataron en el colegio donde ejerce. En su centro solo se lo han pedido a los nuevos, los profesores que ya estaban de momento no han necesitado realizar el trámite. Le parece correcta. "Desde mi punto de vista", explica, "no me supone ningún problema. Me parece correcto por parte de los padres, trabajamos con menores y en algunos centros ya se han dado casos de pederastas. Se debería haber hecho antes", sostiene convencido. ¿El único pero? Cada docente debe pagarse el trámite para obtener el certificado. Cuesta 3,70 euros.
Fuente:  www.eldiario.es
 
 
 
 
Sindicato Profesional Vigilantes

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