Os
informamos de los permisos retribuidos previstos para aquellos
trabajadores en los que su jornada laboral coincida total parcialmente
con el horario de votaciones de las Elecciones al Parlamento de
Andalucía a celebrar el próximo 2 de diciembre. A tal efecto, el
gobierno andaluz aprobó recientemente el decreto 204/2018 para facilitar
la participación de los trabajadores en los citados comicios. La norma
hace referencia, entre otros casos, a aquellos trabajadores que no
disponiendo de día de descanso completo en la jornada electoral, pueden
acogerse a los siguientes supuestos:
En
el caso de que la jornada laboral coincida con el horario de apertura
de los colegios electorales (de 09.00 a 20.00 horas) el decreto
establece el derecho a permiso retribuido de cuatro horas si la
coincidencia es superior a seis horas; de tres si la coincidencia es de
cuatro a seis horas y de dos si es de dos a cuatro horas. Este
derecho no se fija para los casos en los que las jornadas laboral y
electoral coincidan en menos de dos horas. Aquel que esté en una de esas
circunstancias y quiera ejercer el derecho al voto en horario laboral,
debe comunicar a su empresa con unos días de antelación su intención de
votar, con el permiso retribuido que le corresponda, pues es ella la
responsable de organizar la distribución del periodo en que los
trabajadores pueden disponer del permiso para acudir a votar. Hacedlo
por duplicado para luego poder justificar que lo solicitasteis. Pedid el
justificante en la mesa electoral como que habéis votado.
Por otro lado, si sois nombrados como presidentes, vocales e
interventores tendréis derecho a permiso retribuido durante toda la
jornada laboral correspondiente al día de la votación, y de cinco horas
en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior. Cuando se
trate de apoderados, el permiso solo corresponderá a la jornada
correspondiente al día de la votación.
SPV CADIZ
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