Los V.S. que el domingo trabajen tienen un permiso especial para poder ir a
votar
Votar es un derecho fundamental reconocido en la Constitución, por lo que los trabajadores
El trabajador tiene derecho a ausentarse
del trabajo por el tiempo indispensable para votar. Este tiempo que se
utiliza el permiso será retribuido por la empresa, es decir que no se cobrará
menos por haber ido a votar y faltado ese tiempo al trabajo, pero el trabajador
tiene que avisar a la empresa de que va a usar este permiso. En el momento de
la votación pedirá un justificante en la mesa electoral y se lo deberá entregar
a la empresa para acreditar que efectivamente ha ido a votar. Si el domingo
trabaja, pero no va a votar y por lo tanto no puede aportar el justificante, no
tendrá derecho a ningún permiso.
NUMERO DE HORAS DE PERMISO
RETRIBUIDO
A) Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de los colegios electorales (De 9:00 a 20:00 horas) o cuya jornada sea inferior a 2 horas: No tendrán derecho a permiso retribuido ya que la jornada de trabajo no le impide ir a votar.
B) Trabajadores cuyo horario coincida en
2 o más horas y que éste sea de menos de 4 horas: Tendrán derecho a un permiso
retribuido de 2 horas.
C) Trabajadores cuyo horario coincida
entre 4 y 6 horas con el de los colegios electorales: Tendrán permiso retribuido
de 3 horas.
D) Trabajadores cuyo horario coincida en
6 o más horas con el de los colegios electorales: Tendrán derecho a un permiso
retribuido de 4 horas.
SPV CADIZ
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