Los dos acusados, uno de ellos la gerente de la empresa, se enfrentan a penas de dos años de prisión y las firmas responsables, al pago de 867.500 euros.
Un antiguo trabajador en obras accesorias de la puesta en marcha del TRAM en Alicante ya no puede valerse por sí mismo. El hombre, de 40 años de edad y padre de una niña adolescente, se mueve en silla de ruedas y necesita que una tercera persona le ayude para todo desde que en marzo de 2007 sufriera un terrible accidente laboral fruto, según sostiene la Fiscalía, de la imprudencia de la empresa para la que trabajaba. Por ello, la gerente de Contratas y Subcontratas Campello SL y el asistente de organización de las tareas para vías férreas y designación de personal y maquinaria se enfrentan a dos años de prisión cada uno por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones imprudentes en el juicio que se celebrará en Alicante.
El Ministerio Público recoge toda una serie de imprudencias sobre este caso en el que se empleó como vigilante de seguridad a la víctima, pero luego le asignaron el manejo de una máquina de seis toneladas que puede discurrir por las vías del tren, como detalla en su escrito provisional de acusaciones.
Los trágicos hechos se remontan a hace nueve años. Por aquel entonces, la Generalitat Valenciana se encontraba inmersa en la ejecución del Tramo 2 del TRAM de Alicante. Así, el 5 de marzo de 2007, la empresa implicada contrató con la UTE integrada por FCC y Enrique Ortiz e Hijos SA la retirada de material de la estación del Mercado Central.
Dos días después, el perjudicado comenzó los trabajos de desescombro montado en una máquina dúmper de 6.000 kilos de peso que contaba con el sistema para adaptarse a las vías. El fatal desenlace parecía preverse. El manual del vehículo industrial advertía de la necesidad de que el operario contara con la experiencia suficiente para su conducción y que no se permitiera su uso a personal no cualificado. Sin embargo, dicho manual no se encontraba en la cabina de la máquina, como sostiene la acusación pública.
La empresa lo alquiló, además de sin manual, carente de un sistema de frenado y parada de emergencia fácilmente accesible, como recoge el escrito del fiscal. Todo ello, sumado a que el tramo estaba en pendiente desembocó en el accidente.
Durante los trabajos, que supuestamente no contaron con la supervisión del asistente Contratas y Subcontratas Campello SL, se averió uno de los manguitos, por lo que la víctima tuvo que ir hasta La Vila para su reparación. Sobre las dos de la tarde del 7 de marzo, el operario colocó la máquina en las vías para volver al tajo, «maniobra que efectuó de manera insegura» porque durante unos segundos se quedó sin tracción sobre los raíles y sin posibilidad de frenar. La pesada máquina se precipitó por el tramo en pendiente con el hombre en su interior, quien temiendo por su vida al ver que se acababan las vías optó por saltar del vehículo con tan mala suerte que se golpeó la cabeza con tal violencia que las lesiones le han ocasionado una incapacidad total y absoluta.
El accidentado permaneció tres semanas en coma inducido debido al traumatismo encefálico grave, además de una fractura en el cráneo, edema cerebral, multitud de hematomas y hemorragias, entre otras lesiones de gravedad. Requirió 450 días de hospitalización para sanar, pero no lo hizo por completo. Al operario le han quedado como secuelas, además de las físicas visibles, amnesia postraumática grave, lenguaje fluido con disartria, pérdida de agudeza visual, además de un trastorno cognitivo de conducta con episodios psicóticos y trastorno orgánico de personalidad muy grave, entre otras afecciones.
El Ministerio Público reclama a las empresas responsables de las obras una indemnización que alcanza los 867.500 euros, más intereses legales, por los días de curación y las graves secuelas sufridas por el hombre. Finalmente, esta parte llegó a un acuerdo con las defensas y la acusación particular antes del juicio, que se saldó con una conformidad en el juzgado de lo Penal 5 de Alicante.
Ese acuerdo comportó una indemnización de 945.000 euros al perjudicado y sendas condenas de tres meses de cárcel para los acusados, que se han beneficiado de una atenuante por dilaciones indebidas, precisaron las fuentes del ministerio público.
Fuente: La Verdad
SPV CADIZ
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