La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha confirmado la sentencia de un Juzgado que declaró improcedente el despido del empleado de una empresa de seguridad que fue acordado por ésta al descubrirlo dando clases de artes marciales cuando se encontraba de baja. La sentencia señala que no se ha probado que cobrara dinero alguno y que, además, su labor se limitaba a colaborar con el profesor que daba esas clases y que percibía una cantidad por cada alumnos.
El TSJ comenta, por otra parte, que este trabajador, que prestaba sus servicios como vigilante en un hospital de Murcia, se encontraba de baja por depresión, por lo que esa colaboración, que prestaba de manera altruista, en la impartición de las clases de artes marciales «no era contraproducente para su curación, sino todo lo contrario». Dice la Sala que esta actividad del despedido fue descubierta por un detective privado, que se personó en las instalaciones deportivas donde eran impartidas las clases y que se encuentran ubicadas en una pedanía murciana.
Fuente: http://www.laopiniondemurcia.es
SPV CADIZ
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