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viernes, 6 de marzo de 2020

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En el caso real de contagio del coronavirus, el trabajador podrá abandonar su puesto de trabajo.

El Ministerio confirma el derecho de abandonar el puesto de trabajo en el caso de posibilidad real de contagio del coronavirus.

GUIA DE PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/Procedimiento_servicios_prevencion_riesgos_laborales_COVID-19.pdf



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martes, 3 de marzo de 2020

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ALGECIRAS: Una furgon blindado se empotra en un portal de la calle Convento, en un accidente.

El conductor del vehículo perdió el control y derribó dos bolardos antes de impactar en el número 17.
Una furgoneta blindada de reparto de dinero se ha empotrado en torno a las 10:45 de este martes en el número 17 de la calle Convento de Algeciras, sin que se hayan producido heridos.

El accidente se ha producido después de que el conductor del vehículo perdiese su control en una zona muy frecuentada por los peatones a esa hora. La furgoneta se llevó por delante dos bolardos antes de impactar contra el portal.

El conductor ha retirado la furgoneta dando marcha atrás con el apoyo de varios agentes de la Policía Local de Algeciras, que han retirado de los bajos uno de los bolardos. 


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Una empresa no puede obligar a un empleado a trabajar en su día libre

Así, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León del pasado mes de octubre ha determinado que el derecho a descansar prevalece sobre la necesidad de una empresa de prestar los servicios municipales comprometidos.

Lo que parece una gran noticia para los trabajadores que afecta directamente a la conciliación de su vida personal con la profesional tiene, sin embargo, límites. El fallo no da este derecho a todo el mundo, sino que insiste en que es una materia reservada para los calendarios laborales, que deben ser pactados y recogidos en los convenios colectivos. Por tanto, la posibilidad de que una empresa llame o no a un empleado en su día libre tiene que reflejarse y detallarse en ellos.

“En materia de calendario laboral o días de trabajo, los convenios colectivos juegan un papel fundamental”, explica Carmen Galán, socia directora del departamento laboral de Lener, que recuerda el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores, que indica que “anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro”.

Precisamente, este documento es el que había realizado la empresa de autobuses urbanos de Valladolid, en el que se indicaban qué días eran laborables y cuáles no. Además, añadía que “se respetarán los turnos de trabajo que cada trabajador tenga adjudicados de acuerdo con el calendario de servicio establecido, por lo que para proceder al cambio del mismo será preceptivo el acuerdo entre empresa y trabajador”.

Sin embargo, la compañía cuando no encontraba conductores voluntarios imponía cambios ante problemas de última hora, como bajas médicas. Aunque respetaba el turno y posteriormente otorgaba otro día de descanso, no aceptaba la negativa de los chóferes. Para ello, se apoyaba en el artículo 18 del convenio que habla de que se garantizará la cobertura de los servicios, incluidos los especiales.
Eso sí, el mismo artículo precisaba que la prestación de servicios se dará “siempre y cuando no se menoscaben los derechos de los trabajadores”. Y precisamente ahí está el quid de la cuestión, ya que la propia sentencia explica que “la cobertura tiene como límites los derechos de los trabajadores y, si uno de ellos consiste en que el trabajador puede negarse a la modificación unilateral de su calendario anual, ese derecho lo ha situado el propio texto del convenio colectivo por encima de la cobertura de los servicios, para la cual la empresa habrá de acudir a otras vías (coberturas voluntarias, bolsas de trabajo y contrataciones, etcétera)”.

Por tanto, el TSJ de Castilla y León concluye que “la práctica empresarial de imponer unilateralmente a los trabajadores sin su consentimiento un cambio en los días de prestación de servicios fijados en el calendario laboral es contraria a las previsiones del convenio colectivo vigente”. Tanto es así, que determina que es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y que, por lo tanto, no es posible llevarla a cabo.

(Expansión, 24-01-2020)

Fuente:  https://gaag.es
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lunes, 2 de marzo de 2020

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JEREZ: Media Markt cerrará su tienda actual y abrirá un nuevo establecimiento en Jerez

La empresa alemana se trasladará de su actual ubicación para instalarse en Área Sur sustituyendo al centro de oportunidades de El Corte Inglés

Media Markt ha decidido cambiar de aires en Jerez, por lo que echarán el cierre de su tienda situada en Guadabajaque para trasladarse a un nuevo local en Área Sur.

La empresa de tecnología ocupará el espacio que en su día ocupó el centro de oportunidades de El Corte Inglés, justo enfrente de Primark, según ha informado Andalucía Información.

Aún las fechas de su inauguración y el cierre de su actual ubicación no son oficiales, pero todo apunta a que la nueva tienda estará disponible justo después del verano.

Fue hace 14 años, en 2006, cuando Media Markt llegó a Jerez, justo cuando comenzaba la movilización de las empresas del centro histórico a las grandes superifices.


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domingo, 1 de marzo de 2020

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Así es AlertCops, la app que Guardia Civil y Policía quieren que tengas en tu teléfono

¿Sabías que hay una aplicación para móviles que podría salvarte la vida? Se llama AlertCops y te pone en contacto directo con la Guardia Civil y la Policía.

Podríamos decir que la tecnología es ya un aspecto esencial en nuestras vidas. Ésta ha cambiado la manera de trabajar en multitud de campos, desde fábricas hasta trabajos de oficina e incluso en empleos relacionados con la seguridad. Teniendo en cuenta que en nuestros días todos llevamos un teléfono móvil encima. ¿Por qué no aprovechar esa circunstancia para mejorar nuestra seguridad? Precisamente, eso parecen haber pensado las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE).  Lo decimos porque han creado AlertCops, una aplicación para que los ciudadanos puedan denunciar más rápida y efectivamente todo tipo de situaciones de peligro, ya sean robos, agresiones, acoso, actitudes vandálicas, pedir auxilio, etcétera. Os contamos cómo funciona.

La app de la Guardia Civil y la Policía Esta app está disponible tanto para iPhone como para móviles Android. Bastará con entrar en la tienda de aplicaciones de tu teléfono y descargar e instalar la aplicación "AlertCops". Eso sí, para poder utilizarla tendremos que registrarnos ofreciendo datos como nuestro nombre real y DNI. Una vez registrados, tendremos que otorgar a la app los permisos que nos pida para poder funcionar correctamente, es decir, la ubicación y la posibilidad de realizar llamadas.

Instala en tu móvil la app Alertcops y evita situaciones de riesgo que incluye un chat directo con Guardia Civil o Policía. En menos de 5 segundos estarás conectado con las Fuerzas de Seguridad. Nada más entrar en la aplicación veremos una pantalla principal en la que aparecen numerosos botones. Antes de nada desliza el dedo desde la derecha de la pantalla hacia la izquierda, de modo que veas el botón "Alerta de Prueba". Púlsalo para comprobar que la aplicación te funcionará correctamente en caso de necesidad.

Todo sobre AlertCops En la parte superior de la app veremos dos apartados para chatear o llamar directamente a la Guardia Civil o a la Policía Nacional. Al hacerlo se activará una alerta que le otorgará nuestra localización al agente que nos atienda. Desde ese mismo chat podremos enviar fotos e incluso vídeos. Desde el menú de inicio podremos denunciar todo tipo de situaciones. Como en el caso anterior, tendremos la posibilidad de enviar fotos y vídeos a los cuerpos de seguridad.

A continuación la lista completa de delitos denunciables desde AlertCops:

Robo, atraco y asalto.
Vandalismo o daño.
Agresión o pelea.
Agresión sexual.
Violencia de género.
Acoso escolar.
Radicalismos.
Personas sordas.
Perdido o desaparecido.
Modo guardián

La aplicación también cuenta con un apartado, al que han llamado "Guardián", que nos permitirá compartir la ubicación con las personas que elijamos. Del mismo modo, podremos ver en el mapa la localización de las personas que nos hayan escogido como guardianes. En este sentido, un protegido podrá tener un máximo de tres guardianes y viceversa. Se trata, sin duda, de una opción interesante para que nuestros familiares o seres queridos puedan saber dónde nos encontramos. Pese a ello, es cierto que su uso en adultos puede resultar un tanto extraño, pero es una gran idea para tener controlados a los más pequeños de la casa en todo momento.

Modo Guardián de AlertCops Asimismo, la propia aplicación nos enviará alertas y avisos de interés relacionados con la seguridad ciudadana según la zona en la que nos encontremos. Una idea excepcional para que los ciudadanos estén prevenidos y alerta en caso de urgencia. Desgraciadamente, no es una aplicación demasiado conocida, pero recomendamos encarecidamente tenerla instalada, ya que no sabemos en qué momento podemos necesitarla. Tal y como dice el refrán: más vale prevenir que curar.

FUENTE: www.elespanol.com 



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RMD seguridad incia el procedimiento de concurso voluntario para cesar en su actividad en el sector de la seguridad privada

RMD inicia el camino para abandonar la actividad en la seguridad privada dejando aproximadamente a 300 trabajadores y trabajadoras en situación de riego de permanencia de empleo, así como evidenciando una vez más el modelo fallido de seguridad privada en nuestro país
RMD SEGURIDAD con sede social en Sevilla declara concurso voluntario ante el Juzgado número 1 de Sevilla. La Mercantil como está ocurriendo en la actualidad con un número importante de empresas de seguridad privada a lo largo del territorio nacional había presentado durante los últimos meses dificultados para el abono de las nóminas con sus trabajadores y trabajadoras en tiempo y forma.
RMD cuenta entre sus principales clientes a la administración pública con mayor incidencia en Andalucía y Asturias, esta situación que suele ser una seña de identidad de las empresas de seguridad que abandonan a sus trabajadores y trabajadoras vuelve a situar a la administración pública como una de los principales culpables de la situación fallida de la seguridad privada en España, permitiendo y fomentando la adjudicación de servicios en ofertas económicas que no cubren ni los costes salarias mínimos de las plantillas recogidos en la negociación colectiva.
El modelo de seguridad privada en España baso su estrategia en los últimos años en un aumento de facturación por parte de un número importante de empresas de seguridad basado en un nulo beneficio y con criterios empresariales de dudosa claridad, ejemplo claro fue la situación producida por Miguel Ángel Ramírez al frente de Seguridad Integral Canaria hasta el cese de su actividad en el sector. Este modelo origina precariedad constante entre trabajadores y trabajadoras hasta que las mencionadas empresas presentan concursos voluntarios con grandes deudas a la administración pública que hasta entonces han sido sus principales clientes, elemento totalmente perverso y que acaban pagando los ciudadanos y ciudadanas de este país con sus impuestos.
FUENTE: www.eltambor.es 
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