Como hemos tratado en nuestra noticas «Publicada la reforma laboral para
2022» las principales modificaciones las encontramos orientadas
a la simplificación de los contratos; el establecimiento de un mecanismo
permanente de flexibilidad interna y recualificación de trabajadores en
transición; la modernización de la negociación colectiva; y, la modernización
de la contratación y subcontratación de actividades empresariales. Junto a los
aspectos regulados por la propia norma, las medias publicadas se concentran en
modificar o añadir nueva reglamentación sobre los siguientes textos:
NORMATIVA AFECTADA
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ET
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NUEVA
REDACCIÓN
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- Artículo 11ET. Contrato formativo.
- Artículo 15ET. Duración del contrato de trabajo.
- Artículo 16ET. Contrato fijo-discontinuo.
- Artículo 42ET. Subcontratación de obras y
servicios.
- Artículo 47ET. Reducción de jornada o suspensión
del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de
producción o derivadas de fuerza mayor.
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NUEVO
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- Artículo 47 bis ET. Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización
del Empleo. (NUEVOS ERTE ).
- D.A. 25.ª. Acciones formativas en los
expedientes de regulación temporal de empleo regulados en los
artículos 47 y 47 bis.
- D.A. 26.ª. Acceso a los datos de los
expedientes de regulación temporal de empleo por la Tesorería General de
la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal y la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- D.A. 27.ª. Régimen jurídico aplicable en los
casos de contratas y subcontratas suscritas con centros especiales de
empleo.
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SE MODIFICA
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- Letra c) del artículo 49.1 del ET. Extinción del contrato.
- Apartado 2 del artículo 84 del ET. Concurrencia de convenios
colectivos.
- Artículo 86ET. Vigencias de los convenios
(ultraactividad).
- D.A. 20.ª ET. Contratos formativos celebrados
con trabajadores con discapacidad.
- D.A. 24.ª ET. Compromiso de reducción de la
tasa de temporalidad.
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LGSS
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NUEVO
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- Artículo 153 bis LGSS. Cotización en los supuestos de
reducción de jornada o suspensión de contrato.
- D.A. 39.ª LGSS. Beneficios en la cotización a la
Seguridad Social aplicables a los expedientes de regulación temporal de
empleo y al Mecanismo RED.
- D.A. 40.ª LGSS. Actuación de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social.
- D.A. 41.ª LGSS. Medidas de protección
social de las personas trabajadoras afectadas por la aplicación del
Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, regulado en
el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- D.A. 42.ª LGSS. Actuaciones del Servicio
Público de Empleo Estatal y de la Tesorería General de la Seguridad
Social para la simplificación de actuaciones administrativas.
- D.A. 43.ª LGSS. Cotización a la Seguridad Social
de los contratos formativos en alternancia.
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SE MODIFICA
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- Artículo 151LGSS. Cotización adicional en contratos
de duración determinada.
- Apartado 1 del artículo 267 LGSS. Situación legal de desempleo.
- Apartado 2 del artículo 273LGSS. Cotización durante la
situación de desempleo.
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LISOS
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SE MODIFICA
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- Apartado 5 del artículo 6 LISOS. Infracciones leves en materia de
relaciones laborales individuales y colectivas
- Apartado 2 del artículo 26723262 _rel>2295415__h6_0009art>7 LISOS. Infracciones graves en
materia de relaciones laborales individuales y colectiva
- Letra c) del artículo 18.2 LISOS. Infracciones de las
empresas de trabajo temporal.
- Letra b) del artículo 19.2 LISOS. Infracciones de las
empresas usuarias.
- Letra b) del artículo 19 bis de las empresas de trabajo
temporal establecidas en otros estados miembros de la Unión Europea o en
Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Letra b) del artículo 26723262 _rel>19
ter.2 LISOS. Infracciones de las
empresas usuarias establecidas o que ejerzan su actividad en España.
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NUEVO
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- Apartado 14 al artículo 26723262_ rel>2295415__h6_0009art>7 LISOS. Infracciones graves en
materia de relaciones laborales individuales y colectivas
- Apartado 14 al artículo 7 LISOS. Infracciones graves en
materia de relaciones laborales individuales y colectivas
- Apartado 20 al
artículo 8. Infracciones muy graves en materia de relaciones
laborales individuales y colectivas
- Letra f) al artículo 18.2 LISOS. Infracciones de las
empresas de trabajo temporal.
- letra g) al
artículo 19.2. Infracciones de las empresas usuarias.
- Letra h) al artículo 26723262_ rel>26723262_rel>19
ter.2 LISOS. Infracciones de las
empresas usuarias establecidas o que ejerzan su actividad en España.
- Letra c bis) al artículo 40.1 LISOS. Cuantía de las sanciones.
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LETT
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SE MODIFICA
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- Apartado 3 del artículo 10 de la
Ley 14/1994, de 1 de junio. Forma y duración del contrato
de puesta a disposición
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Ley de Empleo
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NUEVO
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- D.A. 9.ª Ley de Empleo. Contratos vinculados a
programas de activación para el empleo.
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Ley 32/2006, de 18 de octubre
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NUEVO
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- D.A. 3.ª Ley 32/2006, de 18 de
octubre. Extinción del contrato indefinido por motivos inherentes a la
persona trabajadora en el sector de la construcción.
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Ley 30/2015, de 9 de septiembre
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NUEVO
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- Apartado 7 en el artículo 9
Ley 30/2015, de 9 de septiembre. Formación programada por
las empresas
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DEROGACIÓN
NORMATIVA
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Cuantas
normas de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo dispuesto en
el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre.
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ET
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- Art. 12.3ET. Prohibición de la realización
de contratos formativos a tiempo parcial.
- Apdos. 1 y 2 D.A 15.ª ET. Aplicación de los límites de duración
del contrato por obra o servicio determinados y al encadenamiento de
contratos en las Administraciones Públicas.
- D.A 16.ª ET. Aplicación del despido por
causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el sector
público.
- D.A 21.ª ET. Reducción en las cotizaciones empresariales
a la Seguridad Social para la sustitución de trabajadores excedentes por
cuidado de familiares.
- Art. 15.1.a) ET. Disposiciones referidas a los
contratos temporales.
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Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre
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D.A
4.ª. Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre. Exoneración
del pago de cuotas en supuestos de fuerza mayor para favorecer el
mantenimiento del empleo.
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Entrada en vigor
A. Con carácter general: la norma entra en vigor el
día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», es decir
el 31/12/2021
B. Entrarán
en vigor a los tres
meses de la publicación en el BOE (30/03/2022) las
siguientes modificaciones:
a) Modificación de la regulación del contrato
formativo (nuevo art. 11 del ET)
b) Modificación de la regulación del contrato
temporal (nuevo art. 15 del ET)
A TENER EN CUENTA. Se
establece un régimen transitorio aplicable a los contratos de duración
determinada celebrados antes del 31 de diciembre de 2021 (D.T. 3.ª del Real
Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre)
c) Modificación de la regulación del contrato
fijo-discontinuo (nuevo art. 16 del ET)
d) Las medidas de protección de las personas
trabajadoras afectadas por la aplicación del Mecanismo RED regulado en el
artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (nueva
D.A. 41.ª de la LGSS).
e) La cotización a la Seguridad Social de los
contratos formativos en alternancia (nueva D.A. 43.ª de la LGSS).
f) La derogación de:
- Artículo 12.3, los apartados 1 y 2 de la disposición
adicional decimoquinta, la disposición adicional decimosexta y la
disposición adicional vigesimoprimera del texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores.
- Las disposiciones referidas a los contratos temporales previstos en el
artículo 15.1.a) del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
según la redacción del precepto previa a la entrada en vigor del apartado
tres del artículo primero, contenidas en cualquier norma del ordenamiento
jurídico y, en particular, en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades y en la Ley 14/2011, de 1 de junio,
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Prórroga del SMI 2021 para el año
2022
Fuente: https://www.iberley.es/
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