El Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado a la empresa Eulen un plazo "improrrogable" de 48 horas para que proporcione mascarillas homologadas, guantes y geles desinfectantes a los vigilantes que se ocupan de la seguridad del Hospital Universitario Doctor Negrín.
El juez ha adoptado este lunes esta medida cautelar tras estimar una petición cursada el mismo día por el sindicato USO, que denunciaba que los 39 vigilantes trabajan en el centro sanitario solo habían recibido guantes y unas mascarillas no homologadas.
El magistrado considera que este colectivo profesional presta un servicio esencial dentro del hospital que debe seguir en funcionamiento, lo que hace "inexcusable" que su trabajo se desarrolle "con unas mínimas garantías que permitan garantizar unas condiciones indispensables de seguridad para preservar su salud".
"La situación de pandemia y las dificultades subyacentes en orden a la adquisición de los medios que permitan ofrecer garantías respecto a la ejecución del trabajo en los términos que garantiza la Ley de Prevención de Riesgos Labores, no pueden utilizarse como excusa para no poner a disposición de los trabajadores los equipos indispensables para preservar la salud de los mismos, pues la empresa debe realizar todos los esfuerzos y gestiones que sean necesarios para conseguir dicho objetivo", razona.
En este auto de medidas cautelares, el Juzgado subraya que el trabajo que realizan los vigilantes ayuda a que el personal sanitario "pueda desarrollar su imprescindible e impagable actuación profesional, lo que implica que ambos colectivos compartan determinados espacios dentro del hospital".
Y por ello, recalca el juez, "es necesario concluir que ha de dotarse a los indicados vigilantes de seguridad de las medidas de protección necesarias para preservar su salud y lo que no es menos importante, evitar la propagación de los contagios entre los unos y los otros".
Fuente: https://murciaeconomia.com
"La situación de pandemia y las dificultades subyacentes en orden a la adquisición de los medios que permitan ofrecer garantías respecto a la ejecución del trabajo en los términos que garantiza la Ley de Prevención de Riesgos Labores, no pueden utilizarse como excusa para no poner a disposición de los trabajadores los equipos indispensables para preservar la salud de los mismos, pues la empresa debe realizar todos los esfuerzos y gestiones que sean necesarios para conseguir dicho objetivo", razona.
En este auto de medidas cautelares, el Juzgado subraya que el trabajo que realizan los vigilantes ayuda a que el personal sanitario "pueda desarrollar su imprescindible e impagable actuación profesional, lo que implica que ambos colectivos compartan determinados espacios dentro del hospital".
Y por ello, recalca el juez, "es necesario concluir que ha de dotarse a los indicados vigilantes de seguridad de las medidas de protección necesarias para preservar su salud y lo que no es menos importante, evitar la propagación de los contagios entre los unos y los otros".
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SPV CADIZ
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