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jueves, 26 de septiembre de 2019

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Revés judicial a CCOO y UGT por "neutralizar" la subida del salario mínimo a 8.000 trabajadores

La Audiencia Nacional ha invalidado el acuerdo colectivo al que llegaron CCOO, UGT y USO con las empresas de seguridad privada Prosegur y Securitas para "neutralizar" la subida del salario mínimo a 900 euros mediante la absorción de complementos por vestuario y transporte. Así lo constatan dos sentencias del tribunal hechas públicas este jueves por otro sindicato, el CSIF, que impugnó el pacto alcanzado por las centrales para aceptar dicha situación. Ambas empresas, por su parte, ya han presentado recurso para acudir al Tribunal Supremo, según han confirmado fuentes de las mismas.

El pasado 1 de enero entró en vigor la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) a 900 euros y en varios sectores el incremento de costes que ello supuso para las empresas fue paliado por estas mediante la compensación de pluses salariales. El sector de los centros especiales de empleo, para la inserción de discapacitados, fue inicialmente uno de ellos. Y el de la seguridad privada fue otro, lo que acabó derivando en una doble denuncia del CSIF, que impugnó dicha práctica en un caso que afecta a 8.000 empleados.

Las empresas Prosegur y Securitas "neutralizaron", según expresan las sentencias, la subida del SMI para los trabajadores en la categoría de auxiliar, lo que vendría siendo un portero u otros trabajadores del sector sin la formación de seguridad acreditada, absorbiendo para llegar a esos 900 euros los pluses de vestuario y transporte.

Los hechos y la sentencia
Entre el 1 de enero y el 28 de abril, las empresas Prosegur y Securitas aplicaron de forma unilateral la absorción de los complementos de vestuario (20,5 euros al mes) y de transporte (31,65 euros) para llegar a los 900 euros que exigía la subida del salario mínimo interprofesional. El sindicato CSIF intentó promover un conflicto colectivo ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitarje (SIMA).

Frente a esta acción, a finales de abril, las empresas lograron pactar una modificación parcial del convenio colectivo, con la firma de CCOO, UGT y USO y el rechazo de CSIF. Así, se estableció que en adelante quedaban suprimidos los complementos de vestuario y transporte al tiempo que se fijaba en 900 euros el salario base.

En esa misma modificación parcial del convenio colectivo se pactó que, con efecto retroactivo, desde el 1 de enero hasta finales de mayo, la subida del salario a los 900 euros quedaría compensada con los citados complementos. Este acuerdo se justificaba con el argumento de "evitar una pérdida de competitividad con resultados negativos para el mantenimiento del empleo". Esta es , precisamente, la parte que la Audiencia Nacional ha juzgado ilegal.

En sus sentencias, la Audiencia Nacional sí ve legal que las partes acuerden una modificación de las tablas salariales (consistente en la desaparición de dos pluses salariales y en la elevación a 900 euros del salario base), por más que eso suponga en la práctia neutralizar la subida del SMI.

Lo que Audiencia Nacional ve ilegal y por eso condena a los firmantes del acuerdo es determinar que para los cinco primeros meses del año (de enero a mayo) la subida del SMI quedaría neutralizada por la absorción de unos complementos que aún estaban vigentes.

"No es posible legalmente compensar y absorber un concepto salarial y pluses extra salariales por cuanto el Estatuto de los Trabajadores contempla únicamente la compensación y absorción entre salarios, al igual que ocurre con el SMI", reza la sentencia.

Según fuentes de CSIF, tras esta sentencia cada trabajador podrá exigir a la empresa el pago de las cantidades correspondientes a los cinco primeros meses del año. Se estima que de forma agregada podrían sumar unos 2 millones de euros.

"Práctica habitual en el sector"
El acuerdo alcanzado por CCOO, UGT y USO en este sector contradice la línea de acción sindical que las centrales con representación mayoritaria vienen reivindicando en los últimos años, especialmente desde la firma de los acuerdos de negociación colectiva (AENC) el pasado julio del 2018. Según estos, a fecha del 2020 ningún salario por convenio debía estar por debajo de los 1.000 euros mensuales. Es más, en julio de este 2019 CCOO y UGT perdieron en la misma Audiencia Nacional una demanda que solicitaba al alto tribunal que considerara ilegal la práctica de alcanzar el salario mínimo mediante la absorción de complementos. Un caso que está recurrido por las centrales en el Supremo.

El responsable de UGT a nivel estatal, Diego Giraldez, argumenta que en este caso para la seguridad privada les mueven otros criterios, ya que la absorción de complementos tras la subida del SMI viene siendo la "práctica habitual en el sector" desde el convenio del 2008; donde se habilita una cláusula específica para ello. "No nos interesaba salirnos del acuerdo, ya que estamos en vías de negociar un convenio colectivo para los auxiliares de seguridad que sí reunirá las condiciones que pactamos en los acuerdos de negociación colectiva", añade el dirigente de UGT. Desde CCOO coinciden en este último punto y afirman que las negociaciones "van avanzando". UGT no descarta tenerlo firmado antes de acabar el presente año.   

CCOO, por su parte, remarca que ellos no firmaron el convenio de empresa de donde surge toda la polémica. No obstante, y para evitar la aplicación de la cláusula que habilita a las compañías absorber todos los complementos, optaron por firmar el pacto de abril y así limitar la absorción a los de vestuario y transporte, según explica el secretario de acción sindical de la federación de servicios de CCOO, Daniel Barragan.

Fuente: elperiodico.com


Sindicato Profesional Vigilantes

SPV CADIZ
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