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lunes, 17 de septiembre de 2018

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"Los vigilantes pueden cobrar un 75% más en los días libres, es una sentencia histórica"

Pedro Pérez, del sindicato denunciante (CIG),  explica en Galiciapress las consecuencias de la reciente sentencia del Supremo que anula parte de un convenio de seguridad privada. Sentencia que puede suponer muy buenas noticias para los 90.000 trabajadores del sector, incluso con efectos retroactivos.

En concreto, el Tribunal Supremo (TS) ha dejado sin validez varios artículos de convenio colectivo de la seguridad privada vigente durante 2015 y 2016. La consecuencia es que las empresas deben pagar el 75% de recargo por el trabajo extra, es decir, por las horas  en días festivos, de descanso o de vacaciones.

Así, si un vigilante cobra, por ejemplo, 10 euros la hora normalmente, cuando trabaje en esas circunstancias  debería cobrar 17,5 euros/hora. Así lo fija el Estatuto de los Trabajadores y, según la sentencia, el acuerdo que firmaron en su día algunos sindicatos con la patronal no es válido porque vulnera esa norma de rango superior.

Así lo explica a esta redacción el responsable de seguridad privada en CIG-Servizos. Pedro Pérez cree que las otras centrales que firmaron el acuerdo "no quedan en una buena posición porque llevan defendiendo desde siempre que el valor de la hora extra debe ser el mismo que el de la hora ordinaria". En su opinión, renunciaron a su obligación de defender a los trabajadores, renuncia que, dice, incluso señala el propio Tribunal.

EFECTOS PRÁCTICOS

¿Qué consecuencias tiene a efectos prácticos la sentencia? Pérez explica que ahora mismo los vigilantes de seguridad pueden presentar ya ante sus empresas reclamaciones de cantidades, aunque puedan quedar en suspenso a la espera que se concrete la necesaria modificación del convenio vigente.

El sindicalista recuerda que sólo se pueden reclamar cantidades no cobradas de los anteriores 12 meses, por lo que cada día que pase algunos trabajadores que no reclamen y tengan derecho podrían estar renunciando a algo que legalmente les corresponde. Dependiendo del caso, a otros vigilantes les podría convenir esperar a final de año para contar cuantas horas a mayores hicieron sobre las fijadas en el convenio -que estipula un descanso mínimo de 96 días- y a partir de ahí reclamar que se las paguen con un recargo del 75%.

El miembro de la Executiva de la CIG cree que incluso existe la posibilidad de que los vigilantes puedan tener derecho a cobrar ese 75% más durante las horas que hicieron a mayores durante la vigencia del convenio tumbado, que era de entre el verano de 2015 y el de 2016. Con todo, Pérez es prudente sobre este supuesto y explica que la asesoría jurídica del sindicato nacionalista está estudiando la sentencia para ver si, efectivamente, los vigilantes pueden tener derecho a la subida en el período 2015-2016.

¿QUÉ PASARÁ CON EL ACTUAL CONVENIO?

El convenio vigente hoy en Seguridad Privada es más reciente. Sin embargo, el texto del 2015 anulado por la setencia del TS ahora forma parte del convenio actual, por lo que en teoría debería ser modificado.

¿Qué va hacer la CIG al respecto? "Tenemos que esperar a ver que hacen los sindicatos y la patronal firmamente a nivel estatal, si en el plazo de un mes no hay mesa negociadora, nosotros instaremos a su convocatoria", adelanta Pérez. El objetivo, incorporar esa subida del 75% al convenio vigente.

El resultado final de esta guerra -en la que los trabajadores han ganado la primera y puede que decisiva batalla- tendrá sin duda un impacto económico importante en el sector de la seguridad privada, que según la CIG emplea a unos 90.000 proletarios, de los cuales unos 4.000 trabajan en Galicia.

Fuente: https://www.galiciapress.es/texto-diario/mostrar/1186956/vigilantes-pueden-cobrar-75-dias-libres-sentencia-historica
 
Sindicato Profesional Vigilantes

SPV CADIZ
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