Prosegur en su delegación de Cádiz ha sido denunciada hasta
en TRES ocasiones reiteradas, por no
abonar los cursos de formación.
El convenio
lo pone bien claro en su artículo
21 del actual Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad Privada
dispone que: “Cuando se efectúe la actividad
formativa obligatoria fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las
horas empleadas en ella a precio de hora extraordinaria de su nivel funcional”
, y por otra parte el artículo 38 del mismo establece que: ”El pago del salario se efectuará por meses
vencidos en los tres primeros días hábiles y dentro, en todo caso, de los cinco
primeros días naturales de cada mes.
La empresa incumple el convenio en reiteradas ocasiones, aun
siendo advertida en la
resolución de ITSS de Cádiz en
su última denuncia por la inspección de
trabajo, pero parece ser que no se han enterado y siguen incumpliendo.
Esperemos a ver, que dice esta vez el ITSS de Cádiz.
SPV CADIZ
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