En la práctica diaria, las
empresas del sector cambian a sus trabajadores de centro con una facilidad
permitida y consentida por nuestro esplendido Convenio Colectivo, pero no
siempre lo hacen respetando nuestros derechos laborales. En un servicio de
Acudas es enviado a realizar rondas y finalmente termina en un centro de
vigilancia con pérdida de pluses.
En esta ocasión, Securitas utiliza como
causa, una circunstancias que no queda ampara entre las previstas en el art. 41
del Estatuto de los Trabajadores.
El juez ordena en lógica consecuencia, retornarle a su puesto originario de nuevo y con los pluses que venía percibiendo antes de que se operara el referido cambio. ¡¡Felicitamos a Fernando y a nuestra asesoría por el éxito judicial conseguido!!
Ver sentencia
SPV CADIZ
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