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miércoles, 3 de mayo de 2017

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Denuncia que se utilicen auxiliares para ejercer labores de un vigilante de seguridad

El TSJEx desestima un recurso de una empresa privada de seguridad contra una sentencia que declara improcedente el despido de un vigilante.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha revelado que algunas empresas de seguridad utilizan auxiliares para ejercer labores propias de un vigilante de seguridad, según ha denunciado el sindicato CSI-F.
El citado fallo del TSJEx desestima un recurso de una empresa privada de seguridad contra una sentencia que declara improcedente el despido de un vigilante.
En la carta de despedido, la empresa menciona la necesidad de amortizar el puesto de trabajo del vigilante, a la vez que incorporó expresamente auxiliares de apoyo para atender las necesidades del trabajo.
Asimismo, se le informaba -en la justificación del despedido- de la utilización de "vigilancia dinámicas o discontinuas" en el centro donde desarrollaba su labor, por lo que era "innecesario mantener una vigilancia continua y permanente".
También se alude a la introducción de elementos de seguridad tecnológica, como cámaras y alarmas.
Sin embargo, una inspección policial realizada con posterioridad al despido del vigilante puso de relieve que un auxiliar "realizaba unas funciones de control y vigilancia", propias de un vigilante de seguridad privada y que dicho servicio se presta de día y noche.
Además, se revela que los citados elementos tecnológicos ya existían con anterioridad.
Condena
Por ello, el Juzgado de lo Social número 4 de Badajoz condenó a la empresa a readmitir al empleado en las mismas condiciones vigentes con anterioridad al despido o al pago de una indemnización de 16.372 euros.
Aunque la empresa solicitó la nulidad de la sentencia a través de un recurso elevado al TSJEx, este tribunal lo ha desestimado.
En su fallo, el TSJEx señala que en la citada inspección policial se comprobó que el auxiliar de vigilancia, que realizaba su labor en una cabina de control de acceso, disponía de un libreta de notas de control con anagramas de la empresa, informes diarios de servicios, disponía de escáner para digitalizar DNI y realizaba funciones de control de barrera, entre otras.
A juicio del sindicato CSI-F, "la relevancia" de esta sentencia estriba en que con ella se condena "la cada vez más habitual práctica" por las empresas del sector de utilizar personal auxiliar de vigilancia para hacer las funciones propias de los vigilantes de seguridad "con el consecuente perjuicio para estos trabajadores".
"Se declara la improcedencia del despido por causas objetivas en base a la acreditada utilización, tras la amortización de puestos de vigilante de seguridad, de auxiliares de vigilancia para la realización de tareas y funciones para las que no se encuentran habilitados legalmente",
 
Sindicato Profesional Vigilantes

SPV CADIZ
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