El empresario pagará 100 euros en todos los casos
La tarifa plana establece que los contratos indefinidos que se firmen entre el 25 de febrero y el 31 de diciembre contarán con una reducción muy importante de la cotización en la parte correspondiente a las contingencias comunes. Sea cual sea la base de cotización del trabajador, el empresario pagará 100 euros al mes durante dos años, a lo que habrá que sumar el resto de cotizaciones (seguro de desempleo, formación y Fogasa), algo que en el caso de los sueldos más bajos eleva la factura hasta los 147,4 euros por empleado, y en el de los más altos, hasta los 315,7 euros.
La puerta abierta para que el empresario pueda despedir
Pero ahora que comienza a desmenuzarse la medida tras su publicación en el BOE, se descubre que el Gobierno ha dejado abierta la posibilidad al empresario para que pueda sustituir empleados antiguos, por los que hay que pagar una cotización íntegra, por otros nuevos, cuya cotización será menor. Además, deja la puerta abierta a la conversión de contratos temporales en fijos sin incrementar la plantilla, informa El País.
Empresarios que despidan podrán beneficiarse
La disposición del Gobierno dice que para que una empresa pueda beneficiarse de la tarifa plana debe, al menos, mantener “tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total alcanzado, al menos, con dicha contratación” durante tres años. Sin embargo, deja fuera del cómputo a los despidos individuales por causas objetivas (económicas, organizativas, técnicas), con lo que también podrá haber despidos y reducciones del empleo neto tras los nuevos contratos sin perder las ayudas.
El Gobierno fija una inspección anual para asegurarse de que durante tres años se mantiene el nivel de empleo, que comprobará anualmente al analizar el número de empleados fijos y temporales. Pero no dice nada sobre lo sucedido a lo largo de ese año, si el número de trabajadores temporales fluctúa.
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