DE COMO Y CUANDO REACCIONES DEPENDERA QUE LA SANCION PROSPERE O QUEDE EN NADA
No te precipites,busca testigos y asesoramiento legal, exige acuses de recibo en caso de suspension de empleo y "cuidado" con los plazos.
1.- Exigir copia de la carta de sanción. En la copia que se queda la empresa, junto a tu firma añade “no conforme” y la fecha en que se firma y hora.
2.- Si la sanción se notifica verbalmente exigir la presencia de un delegado de personal o de un testigo. La ley permite que las sanciones leves sean notificadas verbalmente por el empresario.
3.- Si la sanción se notifica a través de buro-fax o carta certificada, anota la fecha en que la has recibido. Esta será la fecha en que empezarán a contar los plazos para recurrir judicialmente la sanción.
4.- Si antes de imponer la sanción la empresa otorga un plazo al trabajador para hacer alegaciones, no formularlas sin el asesoramiento de un abogado. Lo que se manifieste por el trabajador en fase de alegaciones antes de poner la sanción, se dará como hecho probado en el juicio.
5.- Asesórate legalmente de forma urgente. Los plazos para impugnar una sanción son de veinte días hábiles (no se cuentan ni festivos, ni sábados, ni domingos) desde que ha sido notificada la misma, por lo que es muy importante que el trabajador busque rápidamente asesoramiento jurídico sobre la legalidad o no de la sanción.
6.- Si como consecuencia de la sanción el empresario te dice que te vayas a casa determinados días, exige documento firmado por la empresa donde conste desde qué fecha a qué fecha estas suspendido de empleo y sueldo. En caso contrario denuncia inmediatamente ante la inspección de trabajo, tu ausencia al puesto de trabajo podría ser utilizado por el empresario para alegar que se ha producido una ausencia injustificada a tu puesto de trabajo.
FUENTE: servigilantedeseguridad.blogspot.com. AQUÍ
No hay comentarios :
Publicar un comentario